Otras dos sentencias que contradicen la decisión de cerrar aulas en la escuela concertada. El magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Zaragoza declara nula de pleno derecho la resolución del Servicio Provincial de Educación que planificaba las plazas que los colegios de escuela concertada podían ofertar para el próximo curso.

Las dos sentencias, comunicadas esta mañana a las partes, estiman los recursos contencioso-administrativos presentados en el juzgado por los colegios zaragozanos Marianistas y Teresiano del Pilar en contra de la resolución del Servicio Provincial de Educación que suprimía un aula de primer curso de educación infantil en cada centro.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, el juez argumenta en su sentencia que la comunidad autónoma, sin haber resuelto los conciertos ni haber acabado el plazo de alegaciones para los colegios, dictó una resolución, firmada por el director del Servicio Provincial, en la que constaba la reducción de plazas y aula, dado que el 6 de abril debía publicarse la oferta de vacantes.

Añade que este hecho, en cuanto que no se ha seguido el procedimiento establecido, supone en la práctica adelantar el resultado de un concierto «cuando quien debe resolverlo no lo ha hecho, y cuando ni siquiera ha transcurrido el periodo de audiencia a los interesados», lo que «cercena la posibilidad de elección de centro por los padres«, con violación del artículo 27.3 de la Constitución Española, limitando además indebidamente el derecho de ejercicio de creación de centro sostenidos con fondos públicos (artículos 27.6 y 27.10). Contra estas resoluciones judiciales cabe recurso de apelación que ha de presentarse en el plazo de 15 días hábiles.