Los apartamentos turísticos se erigen en algunas comunidades de vecinos como una de las mayores preocupaciones de los propietarios.

Entre los nuevos problemas que están experimentando las comunidades de vecinos en la actualidad, se encuentra la tendencia de habilitar apartamentos turísticos en el seno de un edificio de viviendas.

Este tipo de alojamientos en muchos casos no se encuentran regulados correctamente, lo que puede provocar un conflicto serio entre vecinos.

A esto se le suma el poco control sobre el comportamiento de los inquilinos y la despersonalización del edificio.

Prohibir los apartamentos turísticos

A raíz de los problemas que hemos enumerado con anterioridad, existen algunas comunidades de vecinos que han decidido prohibir este tipo de apartamentos.

Una medida que no siempre puede llevarse a cabo, puesto que la regulación de este tipo de alojamientos turísticos corre de parte de la administración autonómica pertinente.

Hace pocos días fue noticia que la Comunidad de Madrid le concedía a las comunidades de vecinos la decisión de prohibir o no este tipo de viviendas. Así, el nuevo decreto del Gobierno madrileño propone la posibilidad de sancionar a las plataformas online cuando incumplan las normas básicas de convivencia.

El nuevo texto persigue regular las viviendas turísticas del territorio, con la novedad de que las comunidades de vecinos que lo deseen pueden prohibir dichos alojamientos, eso sí, sólo si sus estatutos lo recogen expresamente.

En contraposición, el Gobierno de Madrid ha eliminado la restricción de no poder alquilar por habitaciones, además de requisito de contratación por un tiempo inferior a cinco días.

Otras comunidades autónomas

El Gobierno balear ha aprobado un proyecto de ley que permite que sean los propios vecinos de una comunidad los que regulen los alquileres vacacionales. De esta forma, si un vecino quiere habilitar un apartamento turístico necesitará del beneplácito de la mayoría simple de la comunidad de propietarios del edificio.

Sin embargo, no todas las comunidades autónomas cuentan con la opinión de los vecinos a la hora de regular estas viviendas.

En Andalucía, por ejemplo, si los vecinos tienen problemas con los alquileres en el momento que se encuentren hospedados los turistas, se podrán acoger a la Ley de Propiedad Horizontal para reclamar dicho alquiler, siempre y cuando suponga de verdad una molestia para la convivencia.

En lo que a Cataluña respecta, las comunidades de vecinos pueden prohibir actividades que sean molestas sin perjuicio de los derechos de impugnación del propietario que se sienta perjudicado.

Este tipo de actividades molestas no tienen que conllevar siempre el uso turístico, por tanto, si el apartamento turístico cumple con todas las exigencias es muy difícil que pueda prohibirse rotundamente el uso turístico de las viviendas.

Por tanto, si tu comunidad de vecinos tiene dudas al respecto, sólo tendrán que acudir a la normativa de su comunidad autónoma para conocer hasta qué punto pueden interceder en el alquiler de viviendas turísticas.