Si su relación matrimonial ha llegado a su fin, seguro serán muchas las cuestiones o dudas que se le están planteando. Este artículo le ayudará a buscar el método más rápido y económico de dar fin al matrimonio de la mejor manera posible.

En primer lugar la pareja debe de saber qué diferencia existe entre una separación judicial y un divorcio.

En la Separación Judicial, se suspende la vida en común existente entre los cónyuges, pero sigue existiendo el vínculo matrimonial. La pareja sigue siendo marido y mujer, a pesar de llevar una serie de consecuencias patrimoniales y personales.


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En el Divorcio, existe una disolución matrimonial, dos personas unidas mediante el matrimonio ponen fin a su relación y pueden volverse a casar de nuevo con quien deseen.

Tanto la Separación Judicial como el Divorcio pueden ser:

· Contencioso, cuando entre los cónyuges no existe acuerdo

· De Mutuo Acuerdo o también llamado Divorcio Express

La Ley de Divorcio, entró en vigor en el 2005 y fue conocida como Ley de Divorcio Express, sin necesidad de alegar ningún motivo, sin la obligación de estar dos años separados antes y siempre que hayan transcurrido tres meses o más desde la celebración del matrimonio, para la mayoría de los casos.
Además si no existen hijos menores de edad en la pareja, la Ley de Jurisdicción Voluntaria reguló la posibilidad de poder realizar el divorcio ante Notario.

Tanto a nivel económico como personal, el Divorcio Express supone un importante ahorro económico y personal para los cónyuges. El hecho de realizarse de forma rápida y sencilla, ha hecho que desde su aprobación sean muchos los divorcios que se han llevado a cabo.

Para poder poner fin a la vida matrimonial de manera rápida y económica, la Ley exige una serie de requisitos a cumplir:

1) Entre los cónyuges debe de existir el Mutuo Acuerdo, que estén de acuerdo en disolver su vínculo matrimonial así como también el haber consensuado todo lo relativo a las medidas a adoptar. Si no existe Mutuo Acuerdo, estaremos ante un divorcio contencioso mucho más largo y nada económico.

2) Se exige el haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo que se justifique la existencia de riesgo para la vida, libertad, integridad física o moral, etc. de cualquiera de la pareja o de los hijos.


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3) Al menos uno de los cónyuges tiene que tener su residencia en territorio español.

Una vez verificado que se cumplen los requisitos mencionados, comienza el proceso se tramitación en el que:

1) Es de carácter obligatorio el contratar a un abogado sin excepción alguna, y se esté representado por un Procurador excepto si se habla de divorcio ante Notario.

2) Es necesario que las partes de común acuerdo, redacten el llamado Convenio Regulador, pactos alcanzados por los cónyuges en el que quedan reflejados las cuestiones referentes a:

– Cuidado de los Hijos: Tipo de custodia, régimen de comunicación y visitas con los padres y otros familiares como los abuelos…

– Uso y disfrute de la vivienda familiar.

– Pensión alimenticia, cantidad destinada al mantenimiento de los hijos.

Pensión compensatoria a favor del cónyuge que la situación económica empeore por motivos del divorcio.

– Liquidación del Régimen económico del matrimonio.

3) Presentar ante el Juez la petición de divorcio.
4) Se ratificará la firma ante el Juez de manera conjunta o por separado dentro del plazo establecido.
5) Entre dos o tres meses el Juez dictará sentencia, una vez comprobado que no perjudica a ninguna de las partes o a ningún hijo menor.


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Los gastos existentes ante un divorcio Express son:

– Honorarios de abogado y procurador.
– Aranceles notariales.
– Otorgamiento de escritura pública de divorcio ante notario.
– Impuestos, IVA correspondientes.

Ante una ruptura matrimonial es muy importante el sentido común, y el buen asesoramiento de un letrado profesional para poder finalizarlo de la manera menos perjudicial, más rápida y económica posible.