El juez Mauricio Murillo ha dictado sentencia contra Julio Javier Pérez, el hombre que en enero de 2019 mató a su madre en la vivienda que ambos compartían en Fuentes de Ebro (Zaragoza), y ha declarado su absolución por concurrir la eximente de enajenación mental, pero ha ordenado su internamiento en un centro médico adecuado.

La duración máxima de esta medida será de quince años, según establece el juez, quien añade que las vicisitudes en el tratamiento deben de valorarse con criterios estrictamente médicos al estar frente a un enfermo que por razón de su enfermedad comete un delito.

Además, se establece una indemnización de 50.000 euros para la otra hija de la víctima y hermana del autor de la muerte, María Teresa.


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El juicio que se celebró hace unos días por estos hechos concluyó con un veredicto del jurado en el que se acordó de manera unánime que Julio Javier Pérez es «autor no culpable» del homicidio de su madre por aplicación de la eximente completa de enajenación mental.

El jurado consideró probado que el 11 de enero de 2019 el acusado golpeó a su madre dos veces con un objeto contundente en la cabeza y la mujer quedó en estado de inconsciencia, tras lo que Julio Javier la sentó en el sofá con la cabeza entre las piernas, posición que le provocó la asfixia y, por consiguiente, la muerte.

A la llegada de los servicios médicos, alertados por la otra hija de la fallecida, estos tuvieron que marcharse por el estado alterado de Julio Javier, quien se encerró con el cadáver de su madre hasta que la Guardia Civil entró en el domicilio.


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Según los médicos que atendieron al parricida en la Unidad de Psiquiatría del Hospital Miguel Servet, este tenía una psicosis esquizofrénica de larga evolución y cuando ocurrieron los hechos tuvo un brote psicótico con anulación total de su capacidad volitiva e intelectiva, y especialmente del control de impulsos, tal y como consideró probado el jurado.