¿La comunidad de vecinos no te deja tener perro en Zaragoza? Esto es lo que dice la Ley
En Zaragoza, donde la vida en comunidad forma parte del día a día, el aumento de mascotas en los hogares ha traído consigo nuevos desafíos. Según datos de la Asociación Española de Distribuidores de Productos para Animales de Compañía (AEDPAC), en España viven más de 28 millones de animales domésticos, una cifra que ha crecido un 40% en la última década. Cada vez más familias deciden compartir su vida con un perro o un gato, también en pisos dentro de comunidades de vecinos.
Esta tendencia ha dado pie a un debate recurrente: ¿puede una comunidad de propietarios impedir que un vecino tenga perro en casa? La respuesta es rotunda. Ninguna comunidad puede prohibir la tenencia de mascotas en una vivienda privada, siempre que el animal no cause molestias graves o problemas de convivencia. Así lo establece la Ley de Propiedad Horizontal, que regula las normas básicas en los edificios residenciales.
Lo que sí pueden hacer los vecinos, a través de sus estatutos o reglamentos internos, es establecer restricciones en el uso de las zonas comunes. Por ejemplo, limitar el acceso de los perros a los jardines, exigir que vayan con correa o incluso prohibir su entrada en determinadas áreas como la piscina o el ascensor. Estas decisiones deben aprobarse en junta y respetar siempre la legislación vigente.
La Ley de Bienestar Animal, una norma que refuerza derechos y responsabilidades
Más allá de las normas vecinales, los dueños deben cumplir con lo que marca la Ley de Protección y Bienestar Animal, en vigor desde 2023, que refuerza tanto los derechos de los animales como las obligaciones de sus propietarios. Esta ley, aplicable también en Aragón, busca garantizar el bienestar físico y emocional de las mascotas y fomentar una convivencia responsable.
Entre sus principales disposiciones, la norma prohíbe dejar sin supervisión a un animal de compañía durante más de tres días consecutivos, un plazo que en el caso de los perros se reduce a 24 horas. Además, considera infracción grave mantenerlos de forma permanente en terrazas, balcones, patios, trasteros o vehículos, al entender que son espacios inadecuados para su bienestar.
También obliga a los dueños a evitar que sus animales ensucien zonas de paso o espacios comunes, y en caso de hacerlo, deben limpiar los restos con productos biodegradables. La normativa recuerda igualmente la importancia de controlar los ruidos: los ladridos o maullidos constantes pueden constituir una molestia sancionable si afectan al descanso del vecindario.
El texto legal insiste además en que los propietarios deben adoptar todas las medidas necesarias para prevenir molestias, daños o situaciones de peligro, tanto para otras personas como para otros animales. En caso de incumplimiento, las sanciones pueden oscilar entre los 500 y los 30.000 euros, dependiendo de la gravedad de los hechos.

