El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha rechazado la ejecución provisional de la sentencia emitida en febrero de 2019 que anulaba el plan especial aprobado para La Torre Outlet, el centro comercial proyectado en los antiguos terrenos de Pikolín, en la carretera de Logroño.

En febrero de 2019, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJA declaró nulo el plan especial del área de intervención aprobado por el Ayuntamiento de Zaragoza en 2016 para la construcción del complejo comercial TorreVillage, ahora renombrado como La Torre Outlet, promovido por Iberebro en los antiguos terrenos de la fábrica de Pikolín.


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En aquella sentencia, que no es firme, los magistrados expresaron que el plan especial entró en cuestiones que afectan a la estructura general del urbanismo de la ciudad y que corresponden en exclusiva al Plan General de Ordenación Urbana, e incidieron en que un plan especial no puede nunca sustituir al PGOU en lo que a clasificación del suelo se refiere, y, en este caso en concreto, en materia de limitación de usos.

Después de esa sentencia, el Ayuntamiento de Zaragoza, en abril de 2019, otorgó nuevas licencias al proyecto y, en octubre de 2019, modificó el PGOU y aprobó un nuevo plan especial para el complejo comercial.

La Federación de Asociaciones de Barrio de Zaragoza (FABZ), Ecologistas en Acción, CCOO, UGT, ZEC y Podemos-Equo (entidades que recurrieron el primer plan especial), interpusieron un nuevo recurso en febrero de 2020 contra esta modificación del PGOU y en el que pedían la ejecución provisional de la primera sentencia.

En su última decisión, el Alto Tribunal considera que el otorgamiento de las licencias cuya anulación se solicita «afecta al interés público derivado de la necesaria observancia de la legalidad en cada momento», pero también estima que el Ayuntamiento de Zaragoza «puede esperar» para aplicar los pronunciamientos anulatorios hasta que la sentencia del TSJA sea firme.

De este modo, no se considera que conceder las licencias sea contrario al interés público y sí que se estima que la ejecución de la sentencia, que no es firme, podría tener un perjuicio «evidente, considerable y de difícil reparación por su cuantía».


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Estima el Alto Tribunal que el Ayuntamiento podía otorgar las licencias cuya anulación se pretende, dado que la sentencia anulatoria del plan no es firme.

En el caso de que se determine finalmente la firmeza de la sentencia, esto hará que las actuaciones y licencias otorgadas «pierdan fuerza y salgan de la legalidad», pero solo en ese momento