Todavía surgen dudas sobre cuándo debe ser obligatorio el uso de la mascarilla en la comunidad aragonesa tras la orden del Gobierno de Aragón de que su uso es indispensable en entornos sociales. Pero, ¿en cuáles es obligatorio?


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Todas las personas mayores de 6 años deben usar mascarilla siempre en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público independientemente de que se mantenga la distancia de seguridad, salvo que se justifique una circunstancia que les exima de tal obligación como presentar alguna enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla, tener una situación de discapacidad o dependencia que haga inviable su utilización, practicar deporte de manera individual al aire libre o cuando la propia naturaleza de la actividad resulte incompatible con su uso.

También es obligatorio su uso en los desplazamientos urbanos en bicicleta que no supongan una práctica deportiva, en los desplazamientos en moto o patinete eléctrico si no se lleva un casco integral, en el transporte público, en actividades culturales, en las terrazas y bares, salvo en el momento de comer o beber, en las zonas comunes y ascensores de los establecimientos turísticos (hoteles, albergues, hostales) y en las piscinas (salvo en el momento del baño).