La Mesa y la Junta de Portavoces de las Cortes de Aragón han acordado el procedimiento para regular el voto telemático previsto en el nuevo Reglamento de las Cortes de Aragón.

Los diputados podrán votar a distancia en las sesiones plenarias, a través de un formulario electrónico, en caso justificado de incapacidad temporal, permiso de maternidad o paternidad o riesgo durante el embarazo.


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Según la resolución de Presidencia adoptada para hacerlo efectivo, tendrán que hacer una solicitud a la Mesa de la Cámara –donde motiven las razones que les impiden asistir al pleno y precisen las votaciones en las que quieran participar a distancia- con una antelación mínima de dos días.

Esta resolverá y, en caso afirmativo, los parlamentarios deberán remitir, al menos una hora antes de la votación, su sentido de voto por correo electrónico.

Antes de computarlo, desde los servicios de la Cámara se comprobará telefónicamente con el diputado que ha podido emitirse de forma efectiva el voto y se verificará el sentido del mismo. Hasta que no se realice esta comprobación, el voto no presencial no podrá considerarse emitido válidamente.

En aquellos casos en los que se fragmente o se modifique el contenido del punto durante el debate en pleno, deberá emitirse de nuevo el voto. Para ello, la Presidencia podrá diferir la votación a un momento posterior de la misma sesión.

Asimismo, si hubiese empates, el sentido del voto se mantendría para las subsiguientes votaciones.  Y si el punto en cuestión decayera o fuera retirado del orden del día, también lo haría el voto telemático.

Cuando un diputado haya emitido ya su voto a distancia, no podrá votar presencialmente sin autorización expresa de la Mesa, en cuyo caso, el voto telemático se declararía nulo.


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Con esta regulación “garantista”, que habilita el voto no presencial y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes, la Cámara “facilita la labor y la conciliación a los diputados que no pueden asistir a las sesiones por causa justificada y se adapta al hecho de que cada vez más gente joven se incorpora a la política”, según ha destacado la presidenta, Violeta Barba.

Hay que recordar que el voto es “personal e indelegable”, según recoge el artículo 129 del Reglamento de la institución.

El parlamento aragonés se suma de esta forma a otras Cámaras, como el Congreso de los Diputados, o las asambleas de Baleares, Comunidad Valenciana, Andalucía, Galicia, Extremadura, Cantabria, La Rioja o Castilla y León, que ya lo contemplan también en determinados casos justificados.