Las solicitudes para cobrar la prestación aragonesa complementaria al Ingreso Mínimo Vital (IMV) y el complemento al mismo se resolverán en 30 días. Podrán solicitar estas ayudas quienes se encuentren fuera del ámbito de aplicación del IMV, en el primer caso, y quienes cobren el IMV y necesiten un complemento.

Esta prestación es fruto de la aprobación de estas prestaciones mediante una ley autonómica, por unanimidad, y pretende dar respuesta y adaptar el sistema de prestaciones públicas a la aprobación del IMV que aprobó el Gobierno de España, reordenando el sistema de prestaciones autonómicas. Todas las solicitudes aprobadas estarán cubiertas por el Presupuesto de la Comunidad Autónoma.

La prestación complementaria se dirige a las personas que cumplen los requisitos de vulnerabilidad social recogidos en la legislación pero no entran en el ámbito de aplicación del IMV, quienes ahora estarán cubiertos por esta prestación (PACIMV). En la tramitación de la Ley del IMV, en las Cortes Generales, se dispuso que quienes no pudieran acceder al IMV estuvieran cubiertos por las comunidades autónomas. Además, se configura el complemento del IMV, una aportación a titulares del ingreso mínimo vital con cuantías calculadas conforme a un índice de revalorización en relación a la composición de la unidad de convivencia. El complemento de vivienda es un añadido para todos los titulares de la prestación complementaria y quienes perciben el complemento.

CÓMO ACCEDER

Los ciudadanos solicitantes deberán pedir, como primer paso, el IMV, salvo que no estén cubiertos por esta prestación. El Gobierno de Aragón quiere reconocer las prestaciones «con agilidad y eficacia, reduciendo al máximo los trámites», reconoce el secretario general técnico del Departamento de Ciudadanía del Gobierno de Aragón, José Antonio Jiménez, quien deja claro «el compromiso del Gobierno de Aragón de no dejar a nadie atrás».

Jiménez ha indicado que la prestación complementaria es un derecho subjetivo de los ciudadanos y ha apostillado que más de 13.000 aragoneses perciben prestaciones públicas como el IMV, de inserción y de integración familiar.

Podrán solicitarlo mayores de 18 años emancipados, que entrarían en la prestación complementaria; los solicitantes de entre 18 y 30 años deberán llevar afiliados a la Seguridad Social al menos 9 meses y llevar 12 meses fuera del domicilio paterno. En cuanto a las personas en situación de protección internacional, se concederá mientras se termine su solicitud de asilo.

También podrán ser beneficiarios personas de entre 18 y 22 años que hayan estado bajo guardia o tutela de una entidad pública y accedan a su emancipación definitiva y menores emancipados, así como mujeres y unidades familiares con víctimas de violencia sobre la mujer, lo que se acreditará con un certificado del organismo autónomo competente. Todos deberán ser mayores de edad, estar empadronados en municipios de Aragón y tener residencia efectiva en la Comunidad Autónoma, así como tener residencia legal, si son extranjeros, y cumplir la Ley de Extranjería.

CUANTÍAS

Respecto a las cuantías, a un adulto le correspondería por el IMV 469,93 euros y la prestación aragonesa se elevaría a 522 euros, y en una unidad familiar con dos adultos y tres menores a su cargo, tendrían derecho a 1.033,85 euros por IMV y en el caso de la complementaria serían 1.184,4 euros.

En el caso del complemento al IMV, el Gobierno de Aragón ha establecido una cuantía fija por unidad de convivencia de entre 52,06 y 114,54 euros, lo que corresponde a las diferencias entre las cuantías que reconocen el IMV y la PACIMV, aunque «varía según la unidad familiar de que se trate».

Así, si la unidad familiar está formada por una sola persona serán 52,06 euros mensuales, 624,80 anuales; y si son familias de dos adultos con tres menores serán 114,5 euros al mes, 1.374,5 al año, complemento que se mantendrá mientras los beneficiarios cobren el IMV.