Este año el Ayuntamiento de Zaragoza ha dispuesto al servicio de sus ciudadanos un plan de Ayudas a la rehabilitación extraordinario de 6,8 millones de euros en 2020.

La rehabilitación de viviendas se desarrollará siguiendo criterios de eficiencia energética y accesibilidad, y estará recogida en el Programa de Rehabilitación 2020-2023 dentro de la Estrategia de Rehabilitación y Regeneración Urbana de Zaragoza.

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Estas ayudas beneficiarán a 1.200 viviendas, unas 2.800 personas, que conseguirán un ahorro económico en sus facturas, mejorar el confort en su hogar e incluso eludir algunos problemas de salud.

Este plan de ayudas se desglosa en cuatro líneas de actuación: Eficiencia energética en edificio, obras integrales; Accesibilidad en edificio, obras puntuales; Jóvenes, mayores y personas con discapacidad, ayudas complementarias; Jóvenes, mayores y personas con discapacidad, obras en vivienda.

LÍNEA 2: ACCESIBILIDAD EN EDIFICIO. OBRAS PUNTUALES 

Para hablar de accesibilidad antes tenemos que ser conocedores de los siguientes datos:

1. Solo un 0,6% de los edificios de viviendas en Aragón cumple con los criterios de accesibilidad universal para personas con movilidad reducida o discapacidad.

2. Además, un 60% de estos edificios no son accesibles desde la calle al portal.

3. Nuestro parque de viviendas está envejecido, ya que el 66% de este tiene una antigüedad de más de 50 años.

Para esta línea de ayudas el Ayuntamiento ha puesto a disposición de los ciudadanos una dotación de 1.020.000 euros.

Como beneficiarios en esta línea de ayudas se encontrarían las comunidades de propietarios en las que resida una persona de 65 años o más o con una discapacidad mayor o igual al 33%.

La normativa actual en Aragón deja patente que la accesibilidad es de obligado cumplimiento para todos los edificios.

La ley establece unos ajustes razonables de accesibilidad que fijan una serie de parámetros para definir que edificios tienen la obligación de realizar estos ajustes y cuáles no.

Dicha ley dispone, por estos ajustes, que el coste de las obras que tienen que acometer estos edificios no debe superar las 12 mensualidades ordinarias repercutidas anualmente. Y este último criterio de “repercutidas anualmente”, es el que conviene explicar porque algunas Comunidades de Propietarios tienen duda.

No significa que el importe sea la suma de las mensualidades de un año, sino que, lo que representa, es que sea la suma de las mensualidades correspondientes de todos los años en los que estos edificios puedan conseguir financiación, que actualmente puede establecerse en torno a los 8 años.

Podemos reflejarlo en un ejemplo que fácilmente nos podría surgir. Un edificio de 20 viviendas sin ascensor, en el que cada propietario paga una cuota de gastos de comunidad mensual de 40€, que van a realizar unas obras de instalación de ascensor que tendrán un coste de 44.000€, financiándolas en 5 años.

Como el coste de esas obras van a ser de 44.000€ y lo van a financiar en 5 años. Esta comunidad tendrá que abonar al año por dichas obras 8.800€, (44.000€ / 5 años). Además, este edificio recauda al año de gastos de comunidad la cantidad de 9.600€, (40€ por vecino X 12 meses X 20 viviendas que tiene el edificio).

Así pues, con estos datos, nos encontramos que esta comunidad estaría obligada a llevar a cabo dichas obras de instalación de ascensor en el momento que lo solicite un solo vecino mayor de 70 años o con alguna discapacidad, ya que su cantidad recaudada al año, (9.600€), es superior al coste anual de esas obras, (8.800€).

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El tipo de obras habituales que se están realizando en Zaragoza son, por ejemplo, bajar a cota cero el ascensor. Teniendo en cuenta que hay más de 60.000 viviendas ubicadas en edificios de más de tres plantas que no tienen ascensor.

Otras intervenciones que también deberían realizarse son las referentes a la acometida y modificación de los accesos que contienen “rampas” con pendientes desproporcionadas, que hacen de facto que los edificios sean inaccesibles.

Ambas dos circunstancias pueden provocar un calvario para aquellas personas que se vean incapaces del uso de estas instalaciones, por falta de acondicionamiento a sus condiciones físicas, desembocando en situaciones de auténtica carencia de las condiciones mínimas de subsistencia, como sería poder acceder a la calle.

El plazo para la presentación de las solicitudes para la obtención de estas ayudas es hasta el 16 de octubre.

Desde el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Zaragoza nos ponemos a disposición de la ciudadanía a través de www.tuedificioenbuenasmanos.es y para los que quieran solicitar presupuestos relacionados con los trabajos necesarios para la solicitud de estas subvenciones en https://www.obrascongarantia.com.