El Gobierno de Aragón ha interpuesto un incidente de nulidad respecto al auto de la juez de Huesca que rechaza ejecutar la sentencia que condena al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a devolver las pinturas románicas de la Sala Capitular del Monasterio de Sijena.

Tras la decisión de la titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Huesca de rechazar su petición de aclaración del referido auto, la representación legal del Ejecutivo aragonés ha decidido sumarse a la iniciativa del Ayuntamiento de Sijena de interponer un incidente de nulidad.

En su escrito, que plantea argumentos similares a los del consistorio, esta representación jurídica advierte a la juez de que su decisión de no ejecutar la sentencia ante el daño que podían sufrir las pinturas ocasiona una «grave indefensión» a la parte aragonesa.


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Argumenta, además, que cualquier hipotético daño sufrido por las pinturas en el traslado no requiere de caución (indemnización) ya que las administraciones públicas están obligadas por ley a satisfacer estas posibles afecciones.

En cualquier caso, añade el letrado, el MNAC «no es ni puede ser» el destinatario de un indemnización por daños en las pinturas murales, que cifra la institución museística en 150 millones de euros, por la razón de que no es titular de su propiedad ni puede acreditarla formalmente.

Las pinturas murales de Sijena, en el MNAC / EFE

Esta indemnización, argumenta, correspondería, en todo caso, a la comunidad de monjas de Sijena, en cuyo nombre actuó judicialmente el Gobierno de Aragón y ya comprometida, subraya, en no reclamar a la parte aragonesa ante un posible daño.

LOS RIESGOS DEL TRASLADO

Insiste el letrado que el auto introduce unos hechos nuevos en relación a los riesgos derivados del traslado que no estaban reflejados en la sentencia de la juez, que a tenor de las pruebas periciales admitió la posibilidad de su transporte a Sijena.

Una situación, subraya, que causa indefensión a los demandantes «porque estos riesgos son los mismos que ya se apreciaron en la sentencia dictada, que dictaminó que las piezas pueden trasladarse, utilizando los medios más adecuados a tal fin».

Estos mismos argumentos han sido esgrimidos en su incidente por el representante legal de Sijena, Jorge Español, para quien el «único daño» que podría tener el MNAC con el traslado es el derivado de no exponer las pinturas en dos o tres años, hasta una hipotética sentencia firme que revocara la condena original a devolverlas.

En un comunicado, Español destaca que el museo catalán es un «mero precarista» que exhibe las pinturas en depósito, y destaca que las posibles afecciones sufridas por no poder exponer las pinturas serían «nulas e insignificantes» dado el «arsenal» de obras románicas que contiene.

Este letrado expresa su confianza en que la jueza «enmiende el grave error» cometido en un auto en el que, destaca, se especula con «posibles y desconocidos daños que no sabe ni si ocurrirán»