Casi cien mensajes de Whatsapp en los que amenazaba con matarla o cortarle el cuello a su pareja. Por estos hechos, el juez competente de Violencia sobre la Mujer de Teruel ha condenado por sentencia firme a cuatro meses de cárcel a un hombre por amenazar a su pareja con la muerte.

Según informa el Tribunal Superior de Justicia en un comunicado, la sentencia dictada ayer condena al hombre por un delito de violencia contra la mujer en su modalidad de amenazas leves, al considerar probado que entre los días 4 y 8 de mayo de este año el acusado, Juan Miguel D.P., le envió a su expareja cerca de cien mensajes con expresiones intimidatorias, amenazándola con cortarle el cuello o matarla si la veía por la calle con otro hombre, y hacerle la vida imposible. Según fuentes judiciales los mensajes eran explícitos: «Te voy a cortar el cuello», entre otros.

Después de dictarse in voce la sentencia de conformidad, el condenado solicitó la suspensión de la pena de prisión, petición que le ha sido denegada por el juez a tenor de «la extensa y prolija lista de antecedentes penales del acusado», según recoge el comunicado.

UNA LARGA LISTA DE ANTECEDENTES

Entre sus causas, no canceladas, se encuentran dos delitos de agresión sexual, otro de violencia de género y doméstica, así como un quebrantamiento de condena y una detención ilegal, entre otros.

Entiende el magistrado en su auto que existe notable riesgo de reincidencia, teniendo en cuenta que los hechos se han producido «hallándose Juan Miguel D. P. en situación de libertad condicional, después de haber estado doce años en prisión y pendiente todavía de cumplir seis más por un delito de agresión sexual«.

Por esta razón, considera el juez que el acusado no es merecedor del beneficio de suspensión de la pena de cárcel. Las partes han manifestado su decisión de no recurrir la sentencia por lo que se ha declarado firme.

El juez ha prohibido al hombre acercarse a menos de 500 metros a su expareja y comunicarse con ella por cualquier medio durante dos años, además de privarle del derecho a tener armas por un periodo de ocho meses y dos días.