El juicio civil para reclamar la devolución de 111 obras de arte de las parroquias de la Franja aragonesa enfrentará los próximos 16 y 17 de mayo de 2019 a los obispados de Barbastro-Monzón y de Lérida en un pleito en el que también está personado el consorcio del museo leridano donde están depositadas las piezas.

Las fechas para la celebración del juicio las ha establecido el titular del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Barbastro (Huesca) tras escuchar a las partes personadas en una vista previa en la que se han expuesto las posiciones y peticiones de prueba y documentales propuestas en defensa de sus respectivos intereses.


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Los representantes legales de la diócesis altoaragonesa, en la que actúa el Gobierno aragonés como parte coadyuvante, se han sentado frente a los del obispado catalán y del consorcio museístico para exponer sus respectivas peticiones de pruebas testificales y documentales.

El letrado de la Diócesis de Barbastro, Joaquín Guerrero, ha conseguido la admisión de la comparecencia del obispo de Lérida, Salvador Giménez, en el juicio para testificar por las razones por las que adujo recientemente que 83 de las piezas reclamadas eran de su propiedad, en contra de lo sentenciado de forma reiterada por los tribunales vaticanos.

Guerrero ha justificado su petición, a la que ha opuesto la parte contraria, afirmando que el prelado catalán había «roto la baraja» al proclamarse dueño de las referidas piezas, sin acatar las sentencias de la Congregación de Obispos y del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica.

El magistrado también ha admitido pruebas documentales de apoyo a la tesis aragonesa, entre ellas, los dictámenes elaborados por los expertos en arte religioso Antonio Naval y Domingo Buesa.

El planteamiento de los letrados de la parte catalana se ha centrado inicialmente en reclamar la nulidad de la demanda amparándose en la «excepción» de causa ya previamente juzgada por los tribunales vaticanos.


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En relación a esta petición, los representantes de la diócesis aragonesa han apuntado que la decisión de llevar la causa a los tribunales civiles se debía, precisamente, a la imposibilidad de ejecutar las sentencias religiosas en España.

El juez ha rechazado pronunciarse durante la vista y ha optado por argumentar su respuesta en un auto que comunicará a las partes en los próximos días.

Ha aceptado la petición de la parte catalana de solicitar la comparecencia del obispo de Barbastro, Ángel Pueyo, de informes periciales de la conservadora del museo leridano, Carmen Berlabé, y de un segundo experto en derecho canónico de Valencia, y de la necesidad de fijar una indemnización por el mantenimiento de las piezas durante décadas en caso de tener que devolverlas.

Unas pruebas con las que se pretende acreditar que las piezas fueron adquiridas legalmente por un antiguo obispo de Lérida, Josep Messeguer, que inició la formación del citado museo.

Desde la parte aragonesa se ha alegado que la documentación referida a las supuestas adquisiciones ya fueron desestimadas por el experto eclesiástico al que se encargó la ejecución de las sentencias del Vaticano.


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A la salida de la vista, que se ha celebrado a puerta cerrado a instancias del magistrado, el letrado de la diócesis aragonesa, Joaquín Guerrero, ha expresado su confianza en el trabajo realizado y en la «buena impresión» que le había causado el desarrollo de la sesión.

Ha justificado su decisión de solicitar la declaración del obispo de Lérida y no de un representante de su diócesis en las manifestaciones hechas por el propio prelado para expresar su convencimiento de que podía acreditar la propiedad de 83 de los bienes.

Por su parte, el letrado de Villanueva de Sijena y asesor del equipo jurídico de la diócesis aragonesa, Jorge Español, se ha mostrado «muy satisfecho» del desarrollo de la vista previa tras aducir que las «cuestiones fundamentales» propuestas desde Barbastro se han incorporado al juicio.

Ha añadido que aunque las sentencias del Vaticano no tienen vinculación jurídica para la jurisdicción civil española, sí que podrían tener efectos en la decisión final del tribunal.