La inauguración del nuevo espacio ECO-Gastronómico del Mercado Hernán Cortés-Goya, sin quererlo ni esperarlo, ha entrado de lleno en la campaña electoral municipal.

El día 27 de marzo, el pasado miércoles, el alcalde de Zaragoza, Pedro Santisteve, acudió a la inauguración del citado mercado, junto con el concejal de Urbanismo Pablo Muñoz.

Durante la atención a los periodistas, convocados dos horas antes por el consistorio, el alcalde defendió una serie de éxitos cosechados durante su gestión así como la promesa de continuar con la creación de más mercados municipales en los próximos ocho años.


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Por todo ello, según ha podido conocer este periódico, el Partido Popular en el Ayuntamiento de Zaragoza ha interpuesto una denuncia ante la Junta Electoral contra el consistorio de Pedro Santisteve por infracción de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Desde el PP entienden que tales afirmaciones vulneran la ley electoral -Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)- por hacer una defensa cerrado de logros políticos en campaña electoral. 

LOS LOGROS DEL ALCALDE

El alcalde de Zaragoza aseveró en la inauguración del mercado: «Hay un plan ambicioso de crear cinco mercados en los próximos ocho años». También puso de manifiesto la buena gestión municipal en el mercado recién inaugurado.

«El nuevo espacio de Hernán Cortés-Goya se ha beneficiado de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza para el emprendimiento de mercados 2018, con lo que han podido llevar a cabo una actualización y desarrollo de una nueva imagen», dijo Santisteve.

De esta manera, ante las declaraciones vertidas por el alcalde de Zaragoza, en la denuncia a la que ha tenido acceso HOY ARAGÓN, se explica por parte de los populares: «Bajo el disfraz de una invitación a los regidores municipales para la inauguración de unas instalaciones, en principio, privadas, se esconde en realidad un acto que vulnera la LOREG, pues en el mismo se ha producido una inauguración y unas declaraciones alusivas a los logros del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Zaragoza».

Según argumenta el Partido Popular en la denuncia emitida ante la Junta Electoral: «Es una inauguración prohibida en la que, además, se incluye una campaña de difusión de logros, un acto financiado, directa o indirectamente por los poderes públicos que contiene alusiones a realizaciones o logros obtenidos y que, por último, atenta gravemente contra los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral», principios que deben ser efectivamente garantizados por la Administración electoral, como dispone el artículo 8.1 LOREG.

El Partido Popular termina su denuncia aseverando que las actuaciones no están permitidas por la Ley, y por ello, piden «imponer una multa por el importe más alto que pueda corresponder» junto con «la adopción de las medidas coercitivas y sancionadoras que sean pertinentes»

*Lea aquí la denuncia interpuesta por el Partido Popular ante la Junta Electoral contra el Ayuntamiento de Zaragoza


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POR QUÉ SE PROHIBEN INAUGURACIONES

La publicación del decreto de convocatoria de elecciones generales del 28 de abril conlleva que durante casi tres meses, desde ese día y hasta el próximo 27 de mayo, tras los comicios autonómicos, municipales y europeos, estarán prohibidos los actos de inauguración y las campañas institucionales de propaganda.

Sólo se permitirán las campañas informativas «que resulten imprescindibles.

Según establece el artículo 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), «desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones».


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Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50.3 de ley, «durante el periodo electoral queda prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo». De hecho, solo se permitirán hasta después del 26 de mayo «las campañas informativas que resulten imprescindibles para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos».