Cuando una persona se hace autónomo una de las preguntas que se hace es: ¿Podré gestionar mi propia contabilidad? No cabe la menor duda, que SI.

Hay trabajadores autónomos que toman la decisión de gestionar su propia contabilidad, pero la falta de conocimientos, el no saber cómo realizar los trámites oportunos, impide a muchos trabajadores el poder gestionar todo tipo de obligaciones fiscales y contables.

Es cierto que existen programas, programas en Internet, que ayudan al trabajador a realizar este tipo de gestiones.


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A pesar de todo, la mayoría de los trabajadores buscan un asesor o gestoría que les asesore y les gestione la presentación de los modelos, en el plazo correspondiente. Es de vital importancia el cumplir con las obligaciones fiscales y contables, evitando de este modo todo tipo de sanciones por parte de la Agencia Tributaria.

Llevar una buena organización, reduce todo este tipo de sobresaltos, además de disminuir la gran cantidad de horas extras (a última hora) dedicadas a poner en orden todo el papeleo de facturas, tiques de gastos, impuestos a presentar en Hacienda, etc.

Para gestionar la propia contabilidad, será preciso darse de alta en Hacienda con el modelo 036. Con respecto a las labores a ejecutar de contabilidad es preciso llevar un Libro de Registro de Facturas, en el que deben de aparecer todas las facturas realizadas a lo largo del año contable, siguiendo un número de serie concreto y observando que las facturas cumplan con una serie de requisitos como los datos fiscales del emisor y destinatario, fecha, retención del IRPF, importe total de la factura, nombre del producto o servicio vendido, etc.


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Todo autónomo además debe de gestionar parte de los gastos. Toda factura recibida por parte de la empresa, así como los gastos, si se precisa ser desgravados en la declaración trimestral del IVA o IRPF, deberán de ser declarados anteriormente.

Este tipo de facturas deberán de ser guardadas a lo largo de todo el año contable en el llamado Libro de Facturas Recibidas, Libro de Bienes de Inversión y Libro de Gastos.

Cada tres meses, todo autónomo debe de hacer frente a las declaraciones trimestrales del IRPF (modelo 130) e IVA (modelo 303). Si el autónomo contrata a otro tipo de profesionales es obligatorio el presentar trimestralmente el modelo 111 y de manera anual todo el resumen del año (modelo 190).

Las declaraciones deben de ser presentadas en unos plazos concretos:
Trimestrales: entre los días 1 y 20 del mes siguiente.
Anuales: antes del 30 de Enero (IVA) y del 31 de enero (IRPF) del año siguiente.También ha de presentarse la

Declaración de la Renta Anual correspondiente al modelo 100, que se abre durante los primeros días del mes de abril.

A través de Internet uno puede gestionar su propia contabilidad, llevar los libros de facturas mediante un software como Excel y guardándolas en el ordenador.

En la actualidad, se utiliza un software de facturación en la nube ayudando al trabajador a ahorrar una gran cantidad de tiempo y reduciendo la posibilidad de realizar errores.

El programa de facturación en la nube ayuda al autónomo a poder gestionar toda clase de facturas online, a analizar el negocio comprobando cuándo es la mejor época para el negocio, etc., haciendo una valoración actual del negocio.


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A pesar de que uno mismo pueda gestionar su propia contabilidad, esto no significa que pueda solicitarse la ayuda de un asesor, que ayude y asesore al empresario en momentos puntuales para un mejor funcionamiento del negocio.

Es importante planificar el futuro de la empresa, el modo de conseguirlo, planificar nuevas ideas y proyectos que permitan avanzar y crecer.