Indemniza.org” asegura que los comercios obligados a cerrar por la declaración del estado de alarma deben reclamar y recibir una indemnización por el lucro cesante. Por eso, “Indemniza.org”, va a presentar masivas reclamaciones de responsabilidad patrimonial al Estado a favor de los establecimientos comerciales que se vieron obligados a cerrar por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de declaración del estado de alarma.


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Desde esta nueva plataforma con implantación en todo el territorio nacional aseguran que “el virus no ha cerrado los establecimientos, sino un decreto del Gobierno”. Así, desde Indemniza.org se asegura que “los comercios tienen derecho a ser compensados por las pérdidas del cierre obligado”

Jorge Ruiz, Director de Desarrollo de “Indemniza.org”, explica sobre el derecho de los comerciantes a reclamar y asegura que “las reclamaciones van a ser masivas y deberán ser atendidas por la Administración porque los comerciantes tienen un derecho que les corresponde por haber sido obligados a cerrar sus establecimientos de forma precipitada y se les debe resarcir por el lucro cesante y por los daños sufridos por unas reaperturas con un sinfín de limitaciones a la venta”

¿Cree que la Administración atenderá sus reclamaciones?

Consideramos que la Administración, además de tener la obligación legal de hacerlo, debe ser sensible al enorme daño infringido al comercio local y cumplir ahora con los comerciantes que acataron el 14 de marzo una orden de cierre generalizado por sorpresa sufriendo la mayor crisis economica que han vivido.

¿Cuál es la reclamación media de los comercios?

Depende de los beneficios declarados en los ejercicios anteriores. Desde las declaraciones fiscales de los ejercicios anteriores, nuestros Peritos Económicos realizan un estudio personalizado de cada caso y dictaminan el importe de la indemnización. Para pequeños comercios que reclaman hasta 6.000 euros Indemniza.org solo les cobra 190 € más un porcentaje de la indemnización recibida, incluyen en esa cuan tía todos los servicios de la viabilidad inicial, la peritación y el servicio jurídico integral frente a la Administración.

¿Hay un plazo para reclamar?

Sí. El plazo para reclamar prescribe al año de haber sufrido la lesión económica por parte de la Administración. Aunque el plazo es amplio, desde Indemniza.org recomendamos reclamar lo antes posible para que ante el aluvión de solicitudes las reclamaciones se puedan atender por la Administración lo antes posible y en caso de requerirse fondos europeos se pueda evaluar el impacto económico de todas las reclamaciones para que se cumpla con todos loos comerciantes.


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¿Y si el comercio ha cerrado definitivamente por no resistir el estado de alarma?

Lamentablemente muchos establecimientos ya no han podido subir el cierre y sus tiendas han sido traspasadas o sencillamente han cerrado por no poder atender ni el alquiler de los locales u otras obligación para las que no han recibido ayuda alguna. Muchos comercios de productos perecederos vieron sus existencias y mercaderías inservibles de la noche a la mañana, otros no pudieron soportar los costes de estructura (alquiler o hipoteca, amortización de reformas o maquinaria, etc. etc…). En estos casos Indeemniza.org reclamará las perdidas sufridas con una proyección del lucro cesante por el cierre. Desde luego que se podrá reclamar y lo haremos confiando en la sensibilidad de la Administración con estos comercios arruinados.

Desde Indemniza.org señalan que han llegado a acuerdos con numerosas organizaciones de empresarios, comerciantes y autónomos para ofrecer un servicio a todos sus asociados de reclamación de las pérdidas generadas por el cierre de sus negocios.

*En Indemniza.org consideran que ningún comerciante debe dejar de reclamar y que para ello solo tienen que contactar con www.indemniza.org o en el teléfono de la plataforma 910 79 10 10 y les explicaran los sencillos pasos para solicitar su indemnización.