La forma de acceder al territorio español, ya sea para vivir, trabajar, estudiar u otros motivos, está condicionada fundamentalmente por el tipo de acuerdos que tiene España con el resto de países.


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A nivel de la Unión Europea, debemos saber que los ciudadanos comunitarios no van a necesitar visado para venir aquí, ya que las normas reguladas en el Derecho europeo permiten el desplazamiento entre los distintos países UE sin necesidad de visado.

Por lo tanto, si es usted ciudadano comunitario y quiere venir a España o permanecer aquí durante un tiempo, no necesitará ningún visado. Los países que componen la Unión Europea son, actualmente, los siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos , Polonia, Portugal, Reino Unido* , República Checa, Rumanía y Suecia.

*Reino Unido dejó de formar parte de la Unión Europea el 31 de enero de 2020. Sin embargo, hasta finales de año, existirá un acuerdo transitorio por el cual se mantendrá en el mercado europeo.


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En el resto de países no comunitarios, la necesidad de obtener visado o no dependerá de si existe exención de visado entre España y el país de origen del extranjero. La lista de países exentos de obtener visado puede consultarse aquí (apartado B): http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/InformacionParaExtranjeros/Documents/listapaisesvisado.pdf

Al no necesitar visado, bastará con tener un pasaporte o documento de viaje válido y en vigor. Este documento debe tener validez hasta 3 meses después de la fecha prevista para la salida de España (si se tiene previsto marcharse como turista), y deberá haber sido expedido dentro de los diez años anteriores.

¿Necesita más ayuda para obtener o renovar un visado o documentación? En tal caso, no dude en contactar un  abogado de extranjería que tenga experiencia en estas materias.