ALERTA LABORAL

Aviso urgente de la Seguridad Social: El trámite obligatorio si llevas más de 365 días de baja médica

¿Has cumplido un año de baja? El control pasa automáticamente al INSS. Descubre qué documentos necesitas y cómo evitar que te quiten la prestación.
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Si has cumplido un año de baja: El control pasa automáticamente al INSS.

Llegar al año de baja laboral es una barrera psicológica, pero sobre todo es una barrera administrativa llena de peligros. Hasta ahora, tu médico de cabecera era quien firmaba tus partes de confirmación, pero al cumplir los 365 días, las reglas del juego cambian por completo.

La Seguridad Social ha lanzado un aviso masivo: a partir de este momento, el Servicio Público de Salud pierde la competencia sobre tu situación. Ahora es el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) quien toma el mando único. (Y sí, eso significa que las revisiones se vuelven mucho más estrictas).

El paso del control médico al tribunal

Olvídate de ir a tu centro de salud cada semana. A partir del día 366, el INSS es el único organismo con potestad para darte el alta, prorrogar tu baja o iniciar un expediente de incapacidad permanente. Este cambio suele venir acompañado de una carta en tu buzón convocándote a una revisión presencial.

Es lo que popularmente conocemos como el Tribunal Médico (EVI). No es un examen para suspenderte, pero sí es una evaluación exhaustiva donde los inspectores decidirán si realmente no puedes trabajar o si tu dolencia ha pasado a ser crónica. La clave aquí es la documentación.

Nosotras siempre recomendamos lo mismo: no vayas "con lo puesto". Los inspectores valoran los hechos, no las palabras. Necesitas un dossier actualizado con todos tus informes especialistas para demostrar que tu recuperación aún no ha terminado.

Importante: Desde que cumples el año, la Seguridad Social tiene un plazo de 15 días para notificarte qué va a pasar con tu caso. Si no recibes noticias, no te relajes; el proceso sigue su curso interno.

¿Qué tres caminos puede tomar tu baja?

Tras la revisión de los 12 meses, el INSS tiene tres carpetas sobre la mesa. La primera es el alta médica inmediata si consideran que ya estás apto para tu puesto habitual. Es la opción más temida, ya que te obliga a reincorporarte al día siguiente de recibir la notificación.

La segunda opción es la prórroga de la incapacidad temporal. Si el tribunal ve que vas por buen camino pero necesitas un poco más de tiempo, pueden concederte hasta 180 días extra. Es el escenario ideal si tu recuperación es lenta pero segura.

El tercer camino es la apertura de un expediente de incapacidad permanente. Si ven que tus lesiones son definitivas o que no vas a mejorar a corto plazo, el sistema deja de pagarte una baja temporal y empieza a tramitar una pensión por invalidez en el grado que corresponda.

El trámite que no puedes olvidar: La comunicación

Aunque el proceso es automático, hay un trámite que muchos trabajadores olvidan y que genera problemas con la empresa: la notificación de la resolución. En el momento en que el INSS emite su decisión, la empresa deja de estar obligada a cotizar por ti en ciertos supuestos.

Es vital que mantengas un canal de comunicación abierto con el departamento de Recursos Humanos. Si te dan la prórroga, ellos deben saberlo para gestionar el pago delegado. Si te dan el alta y no te presentas en tu puesto porque "no te ha llegado la carta", podrías enfrentarte a un despido disciplinario por abandono del puesto.

En este 2026, las notificaciones telemáticas son la norma. Revisa tu "Carpeta Ciudadana" o el portal "Tu Seguridad Social" con tu certificado digital. A veces, la resolución aparece allí días antes de que el cartero llame a tu puerta.

Tip de Gema: Si no estás de acuerdo con el alta médica tras el año de baja, tienes un plazo muy corto (apenas 4 días naturales) para presentar una "disconformidad". Actúa rápido, porque el tiempo vuela.

¿Quién paga tu nómina a partir de ahora?

Este es el punto que más afecta a nuestro bolsillo. Durante el primer año, lo normal es que la empresa te siga pagando mediante el pago delegado. Sin embargo, al pasar a la prórroga del INSS, en muchos casos es la Mutua o el propio INSS quien realiza el ingreso directo en tu cuenta.

No te asustes si ves que el emisor de tu transferencia cambia o si el día de cobro se retrasa un poco. Es un ajuste administrativo habitual. Lo que no cambia es la cuantía: seguirás percibiendo el 75% de tu base reguladora (salvo que tu convenio colectivo mejore esa cifra hasta el 100%).

La vigilancia sobre el fraude se ha intensificado este año. El sistema utiliza inteligencia artificial para cruzar datos de actividad en redes sociales con los diagnósticos de baja. Si estás de baja por una lesión de espalda y publicas fotos haciendo senderismo, el alta de oficio llegará más rápido de lo que imaginas.

Consejos finales para superar el "trance" del año

Llegar a los 365 días no es el fin del mundo, es solo un cambio de gestor. Mantén la calma, sigue tus tratamientos a rajatabla y, sobre todo, ten todos tus informes médicos ordenados por fechas. El inspector del INSS solo tiene unos minutos para ver tu caso; ponle las cosas fáciles.

Si te sientes perdida, no dudes en consultar con un abogado laboralista. La diferencia entre una prórroga y un alta forzada puede depender de cómo presentes tu reclamación en esos primeros días críticos.

¿Estás cerca de cumplir el año de baja o acabas de recibir la famosa carta del INSS? Cuéntanos tu experiencia, porque la burocracia compartida siempre es menos pesada.