Ingreso Mínimo Vital para mayores de 23 que viven con sus padres: estos son los requisitos
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación gestionada por la Seguridad Social cuyo objetivo es prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social en España. Está dirigida tanto a personas que viven solas como a quienes forman parte de una unidad de convivencia, siempre que no dispongan de ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas.
Según los últimos datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, esta ayuda llega ya a más de 2,4 millones de personas, entre ellas cerca de un millón de menores. De cara a 2026, el Gobierno ha anunciado una revalorización del 11,4% de sus cuantías, por encima del IPC.
¿Pueden cobrar el IMV los mayores de 23 años que viven con sus padres?
Sí, pero no en todos los casos. La normativa del IMV contempla que las personas de 23 años o más puedan ser beneficiarias individuales incluso aunque residan en el domicilio familiar, siempre que no formen parte de la unidad de convivencia a efectos del IMV y cumplan los requisitos exigidos.
Esto significa que, aunque vivan bajo el mismo techo que sus padres, pueden solicitar la ayuda como beneficiarios individuales si acreditan determinadas circunstancias personales y económicas.
Requisitos generales para mayores de 23 años
Para acceder al Ingreso Mínimo Vital como beneficiario individual, es necesario cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
- Tener 23 años o más.
- Residir de forma legal y efectiva en España.
- No estar casado ni constituir pareja de hecho (salvo trámites de separación o divorcio iniciados).
- No formar parte de otra unidad de convivencia a efectos del IMV.
- No superar los límites de ingresos y patrimonio establecidos por la Seguridad Social.
Requisitos específicos según la edad
Personas entre 23 y 29 años
Además de los requisitos generales, quienes tengan entre 23 y 29 años deben cumplir una condición adicional:
- Haber vivido de forma independiente durante al menos dos años anteriores a la solicitud.
Este requisito implica haber tenido un domicilio distinto al de los padres, tutores o acogedores y haber mantenido medios de vida propios durante ese periodo.
Excepciones: no se exige esta independencia previa en casos de:
- Víctimas de violencia de género.
- Personas que hayan iniciado trámites de separación o divorcio.
- Otras circunstancias especiales que determine la normativa.
Personas de 30 años o más
En el caso de los solicitantes de 30 años o más, se exige haber tenido un domicilio distinto al de los progenitores durante el año inmediatamente anterior a la solicitud.
La única excepción a este requisito es que el cese de la convivencia con los padres se haya producido por el fallecimiento de estos.
Otros colectivos que pueden acceder al IMV
La normativa del Ingreso Mínimo Vital también contempla situaciones especiales en las que se puede acceder a la prestación aunque no se cumplan todos los requisitos generales:
- Personas de 18 a 22 años que procedan de centros de protección de menores, siempre que hayan estado tuteladas durante los tres años previos a la mayoría de edad.
- Mujeres mayores de edad víctimas de violencia de género.
- Víctimas de trata de seres humanos o explotación sexual.
- Personas sin hogar.
- Huérfanos absolutos que vivan solos.
Una ayuda clave frente a la precariedad
El Ingreso Mínimo Vital se ha consolidado como una herramienta esencial para combatir la precariedad económica, especialmente entre jóvenes y personas con trayectorias laborales inestables. Aunque vivir con los padres no impide automáticamente su acceso, la Seguridad Social analiza cada caso de forma individual para comprobar que se cumplen todos los requisitos.
Antes de solicitarlo, es recomendable revisar la situación personal y económica con detalle y, en caso de duda, consultar directamente con el INSS o a través de los canales oficiales de la Seguridad Social.