El Tribunal Supremo ha exculpado a Joaquín Antón (Chunta Aragonesista), exalcalde de Alhama de Aragón, del delito de prevaricación por el que se denunció la contratación irregular de su mujer como trabajadora municipal. La tarea encomendada era impartir clases para adultos de manera temporal con un sueldo de 18.034 euros entre septiembre y junio.

La mujer del exalcalde denunció al ayuntamiento por despido improcedente cuando, posteriormente, gobernaba José María Castejón (PAR) – llegó a ser alcalde tras una moción de censura impulsada por PAR, PSOE y PP –. Poco tiempo después, el ayuntamiento de Alhama de Aragón recibió un requerimiento de la diputación provincial de Zaragoza (DPZ) para que enviara el expediente del proceso de selección llevado a cabo para contratar a la profesora de educación de adultos.

El ayuntamiento zaragozano solicitó una subvención a la DPZ para poder contratar un auxiliar en sus dependencias. Y precisamente, una de las condiciones para poder beneficiarse de esa linea de subvención era que el proceso de selección del profesorado cumpliera la normativa vigente y estuviera motivado conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

EL SUPREMO DECIDE

La sentencia absuelve también a la citada exsecretaria de los delitos de prevaricación, falsedad y estafa procesal de los que fue acusada por el representante legal del actual alcalde, José María Castejón. El tribunal confirma en todos sus extremos la sentencia absolutoria que dictó hace un año la Audiencia de Zaragoza e impone las costas al denunciante.

En su momento, el actual alcalde aragonesista José María Castejón, reclamó penas de prisión para los dos acusados al entender que el excalde Antón ocultó un decreto fechado en 2011. El mencionado decreto incluía una cláusula por la que se comprometía a readmitir en su puesto a la auxiliar administrativa una vez terminada la interinidad de la mujer de Antón como secretaria municipal.

El juicio, del que se apartó la fiscalía al no ver la existencia de delito alguno, terminó con la absolución de los acusados, en una sentencia en la que la Audiencia de Zaragoza reprochó al actual alcalde de Alhama de Aragón haber promovido una causa penal «cuando no existía razón legal para ello».

En su resolución, el Tribunal Supremo se refiere a los hechos denunciados como un «error sin relevancia penal» y recuerda que el propio Juzgado de lo Social de Zaragoza ya estimó improcedente el despido al entender que el acuerdo reflejado en el decreto era legal y debía de cumplirse.