No siempre que un trabajador sufre un accidente de trabajo, es responsabilidad de la propia empresa.
Podemos diferenciar varios tipos de accidentes de trabajos:

El que sufre una persona mientras está ejerciendo su actividad laboral, lesión corporal como herida, golpe o enfermedad.

El accidente que se produce al ir o volver del trabajo, el llamado Accidente In Intinere. También se considera accidente de trabajo aquellos que ocurren debido al desempeño de actividades sindicales, como también el trayecto de ida y vuelta al lugar donde se realicen dichas actividades. Enfermedades profesionales, que son contraídas por el trabajador como consecuencia de realizar su trabajo.


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Es muy importante el ponerse en manos de un buen profesional, un buen Abogado laborista que asesore tanto a la empresa como al trabajador indicando los pasos a seguir y buscar la mejor de las soluciones.

En ocasiones como consecuencia de un accidente de trabajo, el trabajador puede sufrir diferentes lesiones corporales que le impidan el poder realizar la actividad de manera temporal o, en el peor de los casos puede dar lugar a una incapacidad permanente; pero nunca un despido disciplinario.

Un despido disciplinario está basado en una conducta imputable del trabajador, es la sanción más grave que un empresario puede imponer al trabajador y generalmente carece de indemnización por despido.

Entre las principales conductas se encuentran:
· Faltas de asistencia o puntualidad repetidas e injustificadas.
· Desobediencia.
· Disminución en el rendimiento de trabajo.
· Toxicomanía o embriaguez.
· Acoso por motivos étnicos, racistas, religiosos, discapacidad, etc.

La contratación de los servicios de un Abogado Laborista por parte de la empresa como por los trabajadores es clave, ya que se trata de un profesional que conoce a la perfección toda la normativa, los continuos cambios a los que se halla sometida y la aplicación que los tribunales hacen de la misma.


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Para que la responsabilidad recaiga sobre la empresa debe de existir una falta de medidas de seguridad. Si existe responsabilidad por parte de la empresa el trabajador podrá reclamar a la empresa, mediante una demanda judicial, una indemnización por daños y perjuicios.

Para calcular una indemnización por lesiones provocadas por un accidente de trabajo se valorará el tiempo de curación de las lesiones, recuperación y rehabilitación así como las secuelas que le hayan podido quedar al trabajador accidentado.

El plazo para poder reclamar por accidente de trabajo es de un año a partir del accidente o estabilización de las lesiones sufridas.

Un accidente de trabajo puede dar lugar a diferentes indemnizaciones legales a pesar de que todas tengan el mismo nexo en común, el ACCIDENTE:

· PENSIÓN POR INCAPACIDAD: Prestaciones de incapacidad temporal o permanente. Son de carácter contributivo y su cuantía puede ser variable.
· RECARGO DE PRESTACIONES: El empresario paga entre el 30% y el 50% de la prestación por el incumplimiento de las medidas de seguridad que podía haber evitado o mitigado el accidente.
· MEJORAS EN CONVENIO: Se podrá acceder a otro tipo de mejoras y prestaciones pactadas.
· INDEMNIZACIONES ADICIONALES: Estas pueden ser de carácter Contractual o Extracontractual.

Con respecto a las enfermedades profesionales contraídas, aquellas cuyo origen está relacionado con la actividad laboral, son tratadas igual que los accidentes de tráfico en materia de reclamación de la indemnización por daños y perjuicios.

Si la enfermedad contraída se debe a una omisión de medidas de seguridad, el trabajador lesionado o enfermo, podrá reclamar a la empresa una indemnización por daños y perjuicios.

En caso de necesitar ayuda para tramitar cualquier tipo de despido, indemnización, realizar algún que otro trámite, etc., se aconseja ponerse en manos de unos buenos abogados laboristas que le asesoren, y le ayuden a solventar todo tipo de problemas de la mejor manera posible.