El abogado Andrés Millán avisa: este año han cambiado las reglas en la declaración de la Renta
La campaña para rendir cuentas con Hacienda correspondiente al ejercicio fiscal de 2025 arranca con novedades que afectan directamente a la obligación de declarar de millones de contribuyentes. El abogado y divulgador jurídico Andrés Millán, conocido en redes sociales como LawTips, ha alertado sobre las modificaciones en los límites económicos que marcan quién debe presentar el documento oficial. Según explica el experto, "este año han cambiado las cosas", especialmente para aquellos ciudadanos que perciben rentas del trabajo de varios pagadores o han obtenido ganancias patrimoniales. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el aviso de Andrés Millán y los cambios en la Renta.
Nuevos umbrales y la trampa de no declarar
Una de las principales advertencias de Millán se centra en los nuevos límites de ingresos. Para el presente ejercicio del IRPF, la obligación de declarar surge al superar los 22.000 euros brutos anuales con un solo pagador. Sin embargo, en el caso de tener dos o más pagadores, el umbral se sitúa en los 15.876 euros, siempre que la suma del segundo y restantes supere los 1.500 euros. Según publica el organismo oficial en su página web oficial, estos ajustes buscan adaptar la carga tributaria a las recientes subidas del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), evitando que las rentas más bajas se vean perjudicadas por retenciones excesivas.
Así que, incluso si un ciudadano no llega a estos mínimos, el abogado insiste en que "casi siempre compensa hacerla". Esto se debe a que, en muchos casos, el resultado de la autoliquidación es a devolver debido a las retenciones practicadas durante el año. De esta manera, el contribuyente recupera un dinero que el fisco ya le ha detraído de su nómina. No presentar la declaración por creer que no se está obligado puede suponer renunciar a una devolución legítima de ingresos que pertenecen a la economía doméstica del trabajador. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el aviso de Andrés Millán y los cambios en la Renta.
Deducciones autonómicas: lo que Hacienda no te cuenta
Otro punto crítico destacado por Andrés Millán es la gestión de las deducciones autonómicas. El abogado advierte que el borrador que ofrece la Agencia Tributaria no suele incluir de forma automática los beneficios fiscales específicos de cada comunidad autónoma, como las deducciones por alquiler, libros de texto o gastos médicos. "Hacienda no va a ponerte estas bonificaciones por ti", señala el experto, subrayando que es responsabilidad del ciudadano incorporarlas manualmente para rendir cuentas con Hacienda de forma óptima. Bajo riesgo de perder cientos de euros, la revisión detallada de estas casillas es imperativa.
Así que, el proceso de completar el ejercicio del IRPF requiere una actitud proactiva por parte de los ciudadanos. No basta con confirmar el borrador inicial, ya que la administración no tiene capacidad para conocer situaciones personales específicas que dan derecho a beneficios fiscales territoriales. Por ello, independientemente de la sencillez que promueva el sistema telemático, conviene consultar la normativa propia de cada región. Según publica la Agencia Tributaria en su página web oficial, el desconocimiento de una deducción no permite su reclamación posterior una vez cerrada la campaña sin un proceso de rectificación complejo. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el aviso de Andrés Millán y los cambios en la Renta.
Calendario y plazos para la Renta 2025-2026:
- Del 8 de abril al 30 de junio: Plazo para presentar la declaración de forma telemática. - Del 6 de mayo al 30 de junio: Periodo para la confección telefónica (con cita previa). - Del 1 de junio al 30 de junio: Asistencia presencial en las oficinas del fisco. - Hasta el 25 de junio: Fecha límite para domiciliaciones bancarias con resultado a ingresar.
Finalmente, hay que recordar que si el resultado del ejercicio del IRPF es positivo, el contribuyente puede optar por fraccionar el pago. El primer abono del 60% se realiza al momento de la confirmación, y el segundo pago del 40% restante debe efectuarse antes del 5 de noviembre de 2026. Es vital cumplir con estos tiempos, ya que el fisco aplica un interés de demora del 4% anual sobre las deudas no satisfechas en plazo. La planificación financiera es la mejor herramienta para evitar que rendir cuentas con Hacienda suponga un descalabro para el ahorro familiar.