El paso clave antes del 31 de diciembre que puedes hacer para reducir el importe de la próxima declaración de la Renta

Antes de que acabe el año todavía puedes tomar decisiones con efecto fiscal directo: revisar aportaciones, deducciones y operaciones pendientes puede traducirse en un IRPF más bajo cuando presentes la Renta en 2026.
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Cuando el año entra en su tramo final, la “foto fiscal” todavía se puede ajustar. Y eso, en el IRPF, importa mucho. Antes del 31 de diciembre aún puedes hacer un paso clave: revisar tu cierre de año (ingresos, gastos e inversiones) y ejecutar a tiempo las deducciones que siguen vigentes. No es magia: es planificación fiscal básica para pagar menos (o que te devuelvan más) en la declaración de la Renta que presentarás en 2026.

En la práctica, este cierre de año consiste en comprobar qué incentivos puedes aplicar, qué operaciones te conviene adelantar o retrasar y si tienes saldos negativos o deducciones pendientes que podrías aprovechar. De esta manera se evita llegar a abril con prisas y descubrir tarde que una decisión (o un olvido) te ha costado dinero.

Por qué el 31 de diciembre marca la diferencia en el IRPF

La declaración de la Renta se presenta meses después, pero se calcula con lo que haya ocurrido dentro del año. Por eso, el 31 de diciembre es una frontera clara: a partir de esa fecha, cualquier aportación, compra o gasto deducible que no se haya realizado ya no cuenta para el ejercicio que se declara en 2026.

Antes de final de año, conviene hacer una revisión rápida:

  • Qué ingresos has tenido y si puede haber ingresos puntuales pendientes (bonus, rescates, ventas).
  • Qué gastos deducibles puedes documentar correctamente.
  • Qué incentivos fiscales están activos y si todavía puedes beneficiarte.
  • Si arrastras saldos negativos de ejercicios anteriores que podrías compensar.
El paso clave no es “comprar algo por pagar menos”. Es revisar tu situación fiscal y, si encaja con tus objetivos, ejecutar antes del 31 de diciembre las decisiones que sí reducen el IRPF.

Planes de pensiones: la palanca clásica antes de fin de año

Si hay una acción típica de cierre de año con impacto directo es revisar aportaciones a planes de pensiones. En planes individuales, el límite general de reducción se mantiene en 1.500 euros. Pero la reducción puede ser mayor si hay aportaciones vinculadas a sistemas de empleo o contribuciones empresariales, pudiendo subir hasta 8.500 euros en determinados casos.

Lo que conviene comprobar

  • Si ya has aportado en el año y cuánto te queda de margen para llegar al límite.
  • Si tienes plan de empleo, si hay contribuciones empresariales que amplían el límite.
  • Si eres autónomo y utilizas planes de empleo simplificados, revisar si aplicas el límite adicional en los supuestos previstos.

Además, existe una opción que se le pasa a mucha gente: aportaciones al plan del cónyuge. Si tu pareja tiene rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas inferiores a 8.000 euros al año, tú puedes aportar a su plan hasta 1.000 euros y deducirte esa aportación.

Donativos: si los haces, hazlos bien y guarda el justificante

Los donativos a entidades acogidas al régimen fiscal especial permiten deducción en la cuota. Desde 2024, se puede deducir el 80% de los primeros 250 euros y un 40% sobre el resto donado (con carácter general y según condiciones aplicables).

Lo importante aquí no es solo donar, sino poder acreditarlo:

  • Haz el donativo por medios que dejen rastro (transferencia, tarjeta, recibo bancario).
  • Solicita y guarda el certificado de donaciones de la entidad.
  • Revisa que la entidad esté dentro del régimen que permite deducción.

Vivienda: deducción por compra antigua y nuevos incentivos por alquiler permanente

En vivienda, el IRPF está lleno de matices y fechas. Hay dos ideas que suelen ser relevantes a final de año.

Deducción por inversión en vivienda habitual (régimen transitorio)

Esta deducción se mantiene solo para adquisiciones anteriores al 1 de enero de 2013, bajo régimen transitorio. Si estás en ese caso, conviene revisar cuánto has pagado en el año y si te interesa ajustar amortización o pagos antes del 31 de diciembre (siempre dentro de lo que permita tu préstamo y tu situación financiera).

Incentivos por alquiler permanente

También han ganado peso los incentivos ligados al alquiler de vivienda de forma permanente, especialmente en determinadas zonas. Según el marco aplicado en el año, pueden existir reducciones relevantes vinculadas al alquiler estable y a requisitos como el registro del contrato.

Aquí la recomendación es práctica: si eres propietario y alquilas, revisa que:

  • El contrato esté correctamente formalizado.
  • La vivienda esté inscrita donde proceda (por ejemplo, registro de contratos si es requisito).
  • Tengas todos los justificantes de cobro y gasto deducible ordenados.

Movilidad: compra de vehículo eléctrico y puntos de recarga

Si este año has comprado un vehículo eléctrico o has instalado un punto de recarga, puede haber deducciones asociadas que conviene dejar cerradas antes de final de año (y bien documentadas).

Deducción por compra de eléctricos

En 2025 se ha mantenido una deducción del 30% para vehículos eléctricos (y del 5% para híbridos enchufables), con porcentajes superiores en determinados casos de rentas. También se ha ampliado la base de deducción para turismos y furgonetas hasta 35.000 euros en algunos supuestos.

Ojo con una condición práctica: para vehículos adquiridos a partir del 1 de enero de 2025 se exige, salvo causa justificada, que el vehículo permanezca en el patrimonio durante cinco años. Si no se cumple, puede tocar regularizar (devolver la deducción).

Puntos de recarga: deducción y potencia

Si has invertido en un punto de recarga, la deducción puede variar según potencia:

  • 15% con carácter general.
  • 20% si la potencia es superior a 22 kW.

Además, en determinados casos la base máxima varía según potencia (por ejemplo, límites más altos para potencias mayores). Y hay un punto que suele decidir si Hacienda acepta la deducción: tener el informe o documentación técnica que acredite inversión y porcentaje aplicable.

Compensar pérdidas y saldos negativos: el “olvido” típico

Antes del 31 de diciembre conviene revisar si arrastras saldos negativos de ejercicios anteriores que aún puedes compensar. Esto afecta especialmente a:

  • Pérdidas patrimoniales por venta de acciones o fondos.
  • Rendimientos negativos del capital mobiliario.
  • Operaciones que generaron pérdidas y quedaron pendientes de compensación.

Si no lo revisas, puedes perder la oportunidad de reducir el IRPF por simple falta de control. De esta manera, una buena revisión del histórico puede ahorrarte más que muchas “microdeducciones”.

Qué cambios previstos para 2026 conviene tener en el radar

Además de cerrar bien el año, mucha gente aprovecha diciembre para mirar el siguiente ejercicio. Entre los cambios anunciados para 2026, destaca el aumento del umbral que obliga a presentar declaración: pasaría a estar obligado quien supere 17.000 euros de rendimientos del trabajo (frente a los 14.500 euros previos).

También se han planteado ajustes en deducciones vinculadas a mínimos personales y rendimientos del trabajo, con fórmulas más progresivas en determinados tramos de renta. Esto no cambia lo que puedes hacer antes del 31 de diciembre, pero sí te ayuda a entender por qué conviene planificar con algo de perspectiva.

Consejos prácticos para reducir la próxima Renta antes del 31 de diciembre

  1. Descarga tu información fiscal de referencia (ingresos, retenciones, operaciones) y compárala con tus extractos.
  2. Revisa si te conviene aportar a un plan de pensiones (y si puedes aportar al plan del cónyuge).
  3. Ordena donativos y pide certificados antes de cerrar el año.
  4. Si tienes vivienda en alquiler, deja el contrato y la documentación “cerrados” (registro, justificantes, gastos).
  5. Si compraste un eléctrico o instalaste punto de recarga, guarda facturas, informes y requisitos de permanencia.
  6. Comprueba saldos negativos pendientes y decide si te interesa materializar o compensar pérdidas dentro del año.

Al final, el gesto que más te ahorra suele ser el más simple: sentarte una hora, revisar lo que ya has hecho en el año y decidir si hay alguna medida que encaje con tu situación antes del 31 de diciembre. Ese margen de maniobra desaparece en cuanto cambia el calendario.