Instalar aire acondicionado en la fachada puede salir caro: cómo evitar multas de hasta 3.000 euros
Con el aumento de las temperaturas y la llegada de episodios de calor extremo, cada vez más hogares optan por instalar sistemas de aire acondicionado.
Sin embargo, colocar la unidad exterior en la fachada del edificio puede derivar en sanciones económicas que alcanzan los 3.000 euros si no se cumplen las normas urbanísticas y de convivencia.
Aunque no existe una ley estatal que prohíba de forma directa este tipo de instalaciones, su regulación depende en gran medida de los planes urbanísticos municipales y de las ordenanzas de cada localidad.
En la mayoría de ciudades, cualquier elemento que altere la estética del edificio u ocupe espacio visible desde la vía pública puede considerarse una infracción administrativa.
A ello se suma la Ley de Propiedad Horizontal, que exige en su artículo 7.1 la autorización previa de la comunidad de vecinos para realizar cualquier modificación que afecte a la fachada del inmueble. Sin ese permiso, la instalación puede ser objeto de sanción o incluso obligar a su retirada.
Para evitar conflictos, muchas comunidades de propietarios establecen soluciones alternativas como patios interiores, azoteas o terrazas comunitarias, espacios donde los equipos quedan ocultos desde la vía pública y se respeta la estética del edificio.
En los casos en los que no exista una ubicación viable dentro del inmueble, es imprescindible contar con la aprobación expresa de la comunidad en junta de propietarios.
Las sanciones a las que se enfrentan los propietarios
Las multas se clasifican en distintos niveles en función de la gravedad. Las infracciones consideradas leves pueden llegar hasta los 750 euros, como ocurre en casos donde el aparato provoca molestias o vertidos de agua hacia la calle.
Un escalón más arriba se sitúan las sanciones graves, que pueden alcanzar los 1.500 euros, especialmente cuando la instalación se realiza en zonas muy visibles como avenidas principales o áreas comerciales.
En el nivel más alto se encuentran las infracciones muy graves, con multas que pueden ascender a 3.000 euros. Este tipo de sanciones se aplican, por ejemplo, cuando el aparato se coloca en edificios protegidos o históricos, o cuando el propietario ignora órdenes municipales previas para su retirada.

