Padre sin ingresos y en una caravana deja de pagar a sus hijos de casi 30 años la pensión de 1.200€: la Justicia da un giro

El tribunal ha extinguido la pensión de dos hijos adultos al considerar acreditada su independencia económica y ha reducido la del tercero
El hombre vive en una caravana sin ingresos
El hombre vive en una caravana sin ingresos

Las pensiones alimenticias no son una obligación inamovible, ya que la ley prevé que puedan adaptarse a la evolución de las circunstancias familiares y económicas. Con el paso del tiempo, los tribunales valoran si se mantienen las condiciones que justificaron su fijación o si, por el contrario, han cambiado lo suficiente como para modificarla o incluso extinguirla.

En este contexto, un padre sin ingresos que vivía en una caravana solicitaba desde hace tiempo dejar de pagar la pensión alimenticia a sus tres hijos. Una ayuda de 1.200 euros que abonaba mes a mes y que ahora la Audiencia Provincial de Barcelona ha extinguido la pensión tras ver la situación del hombre.

La justicia le ha dado la razón al padre, que tenía que encargarse de abonar este dinero a sus hijos de 23, 26 y 28 años. La causa de retirar la ayuda a los dos últimos fue porque ya trabajaban y eran independientes económicamente. En el caso del hijo menor, la pensión solo se ha reducido, ya que todavía continúa estudiando.

La madre defendió a los hijos frente al padre

De acuerdo con la sentencia del 20 de marzo de 2025, el progenitor se encontraba en una situación económica complicada tras haber cerrado las dos empresas de las que obtenía ingresos. Además, estaba a la espera de percibir el subsidio para mayores de 52 años.

En este contexto, solicitó la extinción de la obligación respecto a sus dos hijos mayores y una reducción de la cuantía correspondiente al tercero, de 23 años. La madre no estuvo de acuerdo y defendió mantener las medidas fijadas inicialmente por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Rubí.

El padre tenía que abonar 400 euros por hijo
El padre tenía que abonar 400 euros por hijo

En estas medida se establecía un pago de 400 euros mensuales por cada hijo, sumando 1.200 euros en total. En una primera resolución, el juzgado rechazó modificar las medidas al considerar que no existían razones suficientes para suprimir o reducir las pensiones.

No obstante, el caso llegó a la Audiencia Provincial de Barcelona, que acabó estimando parcialmente el recurso presentado por el padre. El tribunal desestimó el argumento relativo a la falta de relación con los hijos mayores, al no acreditarse que la ruptura del vínculo familiar fuera exclusivamente imputable a ellos.

Además, se tuvo en cuenta que, en el momento de la separación, los hijos eran aún menores de edad, lo que impedía atribuirles la responsabilidad del deterioro de la relación. En cambio, la Audiencia sí consideró acreditada la independencia económica de los dos hijos mayores.

Uno de los hijos trabajaba desde hace 4 años

El hijo de 28 años llevaba más de cuatro años trabajando, mientras que la hija de 26 sumaba alrededor de un año y medio en el mercado laboral. Por lo tanto, se entendió que ambos habían completado su etapa formativa y podían mantenerse por sus propios medios.

En el caso del hijo de 23 años, el tribunal mantuvo el derecho a la pensión al seguir estudiando y no contar aún con una estabilidad laboral. No obstante, sí acordó reducir su cuantía tras valorar la situación económica del padre, que había perdido sus ingresos empresariales y dependía de una futura prestación.

Finalmente, aunque la sentencia no es firme y puede ser recurrida, se consideró que, al extinguirse las pensiones de los otros dos hijos, la carga económica del progenitor se había reducido de forma significativa, por lo que resultaba razonable ajustar la cantidad del hijo menor, pasando de 400 a 200 euros mensuales.

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