Qué vio el tribunal para condenar a siete jóvenes por violación en Zaragoza: las claves de la Manada
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a siete jóvenes por un delito continuado de violación, imponiendo penas de 14 años de prisión a seis de ellos y 13 años al séptimo, considerado cooperador necesario. La sentencia, dictada por la Sección Primera, considera plenamente acreditada la existencia de un plan colectivo previo para someter sexualmente a la víctima, una joven de 21 años, durante más de dos días.
Además de las penas de cárcel, el tribunal impone a todos los condenados penas accesorias de inhabilitación para cualquier profesión u actividad con contacto con menores durante entre 18 y 19 años, así como la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros durante 16 años. También se establece una medida de libertad vigilada de ocho años una vez cumplidas las condenas de prisión.
Retenida durante dos días y medio en un piso de Zaragoza
Los hechos se remontan al 23 de junio de 2020, cuando uno de los acusados citó a la víctima con el pretexto de acudir a una fiesta en Zaragoza. Tras comunicarle falsamente que el evento había sido suspendido, le propuso planes alternativos que desembocaron en su traslado al domicilio de otro de los procesados, al que la joven conocía y en el que ya había estado anteriormente.
Según la sentencia, la joven permaneció retenida en el piso durante dos días y medio, periodo en el que fue sometida a agresiones sexuales continuadas por parte de varios de los acusados. Los magistrados consideran probado que los condenados actuaron de forma coordinada, aprovechando su superioridad numérica y física, e impidiendo que la víctima abandonara el domicilio, generando desde el inicio un clima de temor e intimidación.
La Audiencia rechaza de forma contundente las tesis de las defensas, que alegaban consentimiento por parte de la víctima. Para el tribunal, su declaración resulta verosímil, coherente y sostenida en el tiempo, sin contradicciones relevantes, y se ve reforzada por 16 vídeos grabados por uno de los acusados, que los magistrados califican como un elemento clave de corroboración.
“La víctima manifestó de forma reiterada que no quería mantener relaciones sexuales, que deseaba marcharse del piso y que no se lo permitieron”, recoge la resolución, que subraya que la intimidación puede producirse no solo por la violencia directa, sino también por la presencia continuada de varias personas, generando una situación de intimidación ambiental.
Un cooperador necesario y agravantes aplicadas
Uno de los siete condenados ha sido considerado cooperador necesario, al no quedar acreditada la existencia de penetración, pero sí su participación en el plan conjunto que permitió crear la situación de intimidación que facilitó las agresiones sexuales.
El tribunal aprecia además circunstancias agravantes, al considerar que la violencia e intimidación ejercidas tuvieron un carácter especialmente degradante y vejatorio, y que el delito fue cometido por la actuación conjunta de varias personas, aumentando la indefensión de la víctima.
Indemnización y posible expulsión del territorio español
En concepto de responsabilidad civil, la Audiencia fija una indemnización de 50.000 euros para la víctima por lesiones y daños morales, cantidad solicitada por el Ministerio Fiscal y considerada “adecuada y ponderada”.
Asimismo, los magistrados acuerdan que, en fase de ejecución de sentencia, se tramite una pieza separada para estudiar la sustitución de las penas de prisión por la expulsión del territorio español en el caso de los condenados de nacionalidad extranjera.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de diez días.