Hacienda perjudica a miles de divorciados: este es el cambio de la Renta 2025 que afecta a la declaración
Un cambio normativo introducido en la campaña de la Renta 2025 ha provocado que miles de padres y madres separados tengan complicaciones. Esto afecta a dichas personas porque no están consideradas como unidad familiar, ya que se han redefinido los criterios que determinan quién puede tributar de forma conjunta con hijos a cargo.
Por lo tanto, esta modificación de Hacienda impide, en la mayoría de los casos, que progenitores divorciados opten por la declaración conjunta, una alternativa que hasta ahora generaba importantes beneficios fiscales. Esta alternativa de Hacienda afecta directamente a los vecinos de Bizkaia, aunque en un futuro podría ser en toda España.
El cambio introducido en la campaña de la Renta 2025 ha generado incertidumbre sobre si este nuevo criterio podría extenderse a otras comunidades autónomas en futuros ejercicios fiscales. Aunque la modificación afecta en este momento a contribuyentes de determinados territorios, expertos y asociaciones no descartan que el modelo pueda replicarse en otras regiones si se consolida como una “reordenación general” del sistema.
En el caso de los matrimonios que no han llegado todavía a una separación legal, la unidad familiar la forman ambos cónyuges juntos a los hijos menores de edad o mayores con discapacidad bajo tutela fiscal. Sin embargo, en los casos en los que existe un divorcio la unidad familiar se reduce a uno de los padres con los hijos que convivan con él o ella, aunque tienen que cumplir una serie de requisitos.
Por lo tanto, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se presenta de forma individual, aunque es posible presentar una declaración conjunta para quienes forman una unidad familiar. No obstante, la Administración ha limitado todavía más este concepto.
Según la nueva legislación de Hacienda, la situación familiar se determina a fecha 31 de diciembre, lo que cambia toda la tributación del ejercicio. En este contexto, los hijos pasan a salir de la unidad familiar a efectos fiscales al cumplir la mayoría de edad, salvo en casos de discapacidad.
Con la nueva normativa impuesta, solo podrán seguir optando a la declaración conjunta aquellos progenitores que asuman el 100% de los gastos de los hijos sin recibir pensión de alimentos. También están incluidos aquí la gente viuda, víctimas de violencia de género o personas en situaciones muy específicas de monoparentalidad.
Una inmensa cantidad de críticas
Este cambio ha recibido muchas críticas por asociaciones de familias separadas. La Asociación Vizcaína de Madres y Padres Separados (Abipase) estima que el perjuicio medio puede situarse alrededor de los 1.500 euros por persona. En otros casos, como el de una madre con dos hijos que recibe una pensión anual de 600 euros, la reducción en la devolución fiscal puede aproximarse a los 1.600 euros.
Todo esto trae consecuencias como son la pérdida de la posibilidad de declaración conjunta y la supresión de bonificaciones fiscales concretas asociadas a unidades convivenciales. Incluso la percepción de pensiones mínimas, como 50 euros mensuales, puede invalidar esta acción.
Debido a la falta de comunicación sobre el cambio, muchos contribuyentes se han enterado al revisar el borrador de su declaración. La asociación Abipase prepara ahora una queja formal ante la Defensoría del Pueblo del País Vasco, al considerar que la reforma ignora la obligatoriedad legal de las pensiones de alimentos y el impacto real en la economía familiar.
¿Podría suceder en Aragón?
En comunidades como Aragón, donde también existe un elevado número de familias separadas y hogares monoparentales, algunos colectivos advierten de que una posible aplicación de criterios similares podría tener un impacto económico significativo. En este sentido, se subraya que cualquier cambio en la definición de unidad familiar tendría efectos directos en las deducciones autonómicas y en la capacidad de ahorro fiscal de miles de contribuyentes.
Por su parte, fuentes fiscales consultadas insisten en que, por el momento, la medida responde a una revisión concreta del sistema en determinados ámbitos y que no hay confirmación oficial de una ampliación a otras comunidades. No obstante, reconocen que el debate sobre la armonización de criterios en la tributación de las unidades familiares sigue abierto.


