Hereda un piso y le cobran 5.700 de más en el impuesto de Sucesiones por los muebles: una sentencia avala el ajuar
Una frase en un testamento puede tener consecuencias fiscales de miles de euros. Una contribuyente que heredó un piso junto con "todos los muebles y enseres en su interior" descubrió que esa descripción concreta le costaba 5.676 euros adicionales en el Impuesto sobre Sucesiones. Recurrió la liquidación alegando que los muebles ya estaban incluidos en el legado y que no debían tributar por separado. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid le ha dado la razón a la Administración.
La Ley del Impuesto sobre Sucesiones establece que, salvo prueba en contrario, el ajuar doméstico —los muebles y enseres de uso personal o doméstico del fallecido— se valora automáticamente en un 3% del valor total de la herencia. Ese porcentaje se suma a la base imponible aunque el heredero no haya recibido ni un solo mueble. Es una presunción legal, no una realidad física.
En principio, el reglamento del impuesto excluye esta presunción cuando el legado se refiere a bienes determinados y concretos. La contribuyente argumentó precisamente eso: que era legataria de bienes específicos —el piso, un panteón y un nicho— y que por tanto no debía imputársele el ajuar.
Por qué perdió el recurso
El problema estaba en la literalidad del testamento. La vivienda no se legó como un inmueble a secas, sino como un piso "con todos los muebles y enseres en su interior". Para el tribunal, esa mención expresa convierte los muebles en parte del legado y, por tanto, justifica que se aplique el 3% sobre el valor del piso para calcular su aportación al ajuar.
La contribuyente argumentó que eso era una contradicción: si los muebles ya formaban parte del legado, no tenía sentido sumarlos otra vez como ajuar. El TSJ no lo vio así. Siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que limita el ajuar doméstico a bienes de uso personal del causante, el tribunal entendió que la mención expresa en el testamento justificaba su valoración dentro del cálculo.
Resultado: la liquidación de 61.284 euros quedó confirmada, más las costas del proceso —con un límite de 1.000 euros por demandado.
La lección para quienes redacten un testamento
La sentencia tiene una implicación práctica clara para cualquier persona que esté pensando en redactar o revisar su testamento: la forma en que se describe un legado puede tener consecuencias fiscales directas para quien lo recibe. Legar un piso "con todo su contenido" o "con los muebles y enseres" puede activar el cálculo del ajuar doméstico sobre el valor del inmueble, incrementando la factura fiscal del heredero.
La clave está en la redacción. Una descripción genérica del inmueble sin mención a su contenido puede evitar ese efecto. Consultar con un asesor fiscal o notario antes de firmar un testamento puede ahorrar, literalmente, miles de euros a los futuros herederos.
En Aragón, el Impuesto sobre Sucesiones cuenta con sus propias bonificaciones autonómicas, pero la normativa estatal sobre el ajuar doméstico aplica igualmente. Quien herede un inmueble en la comunidad con una descripción similar en el testamento puede encontrarse ante la misma situación que la contribuyente de este caso.
