La nueva ley antitabaco: de no poder fumar en terrazas a guardar una distancia mínima

La próxima reforma antitabaco amplia las restricciones al consumo en espacios públicos y prohíbe los vapeadores desechables, reforzando la protección de no fumadores.

Una persona fumando en una terraza en Santa Cruz de Tenerife (EFE)
Una persona fumando en una terraza en Santa Cruz de Tenerife (EFE)

El Ministerio de Sanidad prepara una reforma que equiparará los cigarrillos electrónicos a los convencionales y prohibirá su uso en zonas exteriores como terrazas de bares y restaurantes, vehículos de trabajo, y en los alrededores —a menos de 15 metros— de edificios públicos: centros sanitarios, educativos, culturales, parques infantiles y deportivos. Esta nueva regulación refuerza el derecho de la población no fumadora a respirar aire limpio y supone un cambio profundo frente a la normativa actual, que limita el consumo en interiores pero permite ciertas excepciones en el exterior.

También se introduce la prohibición de fumar en instalaciones deportivas, piscinas de uso colectivo, recintos de espectáculos públicos, salas de fiesta y establecimientos de juego, tanto en espacios cerrados como abiertos. Se eliminarán los clubes de fumadores y se exigirá un perímetro de seguridad libre de humo alrededor de edificios públicos.

PROTECCIÓN EN RESIDENCIAS Y ESPACIOS CERRADOS

En los centros residenciales para mayores o personas con discapacidad, se permitirá fumar únicamente en zonas delimitadas, visibles y con ventilación independiente. Estas áreas no podrán extenderse a habitaciones ni a zonas comunes. En centros penitenciarios y psiquiátricos se autorizará fumar en exteriores o en salas específicas diseñadas para ello.

REGULACIÓN DE VAPEADORES Y APARICENCIA UNIFORME

La ley prohibirá la venta de cigarrillos electrónicos de un solo uso, una medida dirigida a frenar el consumo juvenil de estos productos. También se impondrá un diseño neutro y uniforme en las cajetillas de tabaco y tabaco de liar, limitando el etiquetado comercial a un formato estandarizado y eliminando envoltorios llamativos.

CONTROLES A LA PUBLICIDAD Y PATROCINIO

Se vetarán de forma absoluta la publicidad, promoción y patrocinio de tabaco y vapeadores en todos los canales, incluidos medios digitales y máquinas expendedoras, salvo excepciones dirigidas solo a profesionales del sector, estancos o tiendas especializadas.

La normativa contempla infracciones clasificadas como leves, graves y muy graves. Las multas pueden llegar hasta los 600.000 euros, especialmente por publicidad no autorizada o incumplimiento de las nuevas normas en espacios públicos.

El anteproyecto anunciado por la ministra Mónica García pretende “desnormalizar” el consumo, en especial entre jóvenes, equiparando los nuevos productos con los tradicionales. Se define como consumo recreativo o imitativo de fumar cualquier uso de dispositivos que reproduzcan el gesto y la experiencia del tabaco, incluido el vapeo con o sin nicotina, hierbas para fumar o bolsas de nicotina.

La venta de estos productos se restringirá a estancos y tiendas especializadas, que no podrán ofertar artículos con apariencia atractiva para menores, como sabores dulces o diseños infantiles.

PRÓXIMOS PASOS EN EL PROCESO LEGAL

El Ministerio iniciará el trámite parlamentario en las próximas semanas, tras afinar detalles técnicos y jurídicos. El objetivo es avanzar hacia una de las reformas más ambiciosas del marco antitabaco vigente, priorizando el derecho a respirar aire limpio y consolidando una reducción sostenible del hábito del tabaco y del vapeo. El texto final marcará un nuevo estándar en la salud pública y en la normativa europea contra la exposición al humo ambiental.

Comentarios