La AN rebaja siete años la prisión del jubilado que mandó una carta bomba a Sánchez

Pompeyo González fue condenado por enviar cartas explosivas a varias instituciones, incluyendo el Palacio de la Moncloa, el Ministerio de Defensa, y las embajadas de Estados Unidos y Ucrania.
El jubilado burgalés Pompeyo González a su llegada a la Audiencia Nacional, a 13 de mayo de 2024, en Madrid (España)
El jubilado burgalés Pompeyo González a su llegada a la Audiencia Nacional, a 13 de mayo de 2024, en Madrid (España)

La Audiencia Nacional ha reducido de 18 a 11 años y 9 meses la pena de prisión impuesta al jubilado burgalés Pompeyo González, quien fue condenado por enviar cartas explosivas a varias instituciones, incluyendo el Palacio de la Moncloa, el Ministerio de Defensa, y las embajadas de Estados Unidos y Ucrania.

En una sentencia divulgada por Europa Press, la Sala de Apelación ajusta la condena impuesta en julio, señalando que González es más bien un "terrorista aislado", cuya capacidad de influir o ganar adeptos es limitada.

La nueva sentencia le impone 5 años de prisión por terrorismo con resultado de lesiones, frente a los 10 años iniciales, y 6 años y 9 meses por fabricación y colocación de explosivos, en lugar de los 8 años impuestos previamente.

En julio, la Sala de lo Penal había condenado a González a 18 años de cárcel, considerando que su intención era crear una gran conmoción en la sociedad para presionar a los gobiernos de España y Estados Unidos, así como a otras entidades, para que retiraran su apoyo a Ucrania en su conflicto con Rusia.

Sin embargo, la Sala de Apelación acepta parcialmente el recurso de la defensa, argumentando que, si bien los artefactos tenían capacidad lesiva, su poder de daño era bajo y no causaron daños significativos. Añade que la única lesión registrada fue leve, requirió atención médica menor y sanó en 30 días, lo que reduce la gravedad del delito.

El fallo también destaca que González no tiene vínculos con ninguna organización criminal ni colaboró con otras personas, calificándolo como un "terrorista aislado" sin capacidad de inspirar seguidores o extender sus acciones a otros sectores de la sociedad.

Finalmente, la Sala de Apelación señala que corresponde aplicar una rebaja de la pena en un solo grado y no en dos, dado que González envió seis artefactos, lo cual evidencia una persistencia en su conducta delictiva que exigió una preparación prolongada. Una reducción en dos grados, según la Sala, habría sido apropiada solo en casos de un menor número de envíos, lo que reflejaría una peligrosidad aún menor.

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