El Supremo descarta la prisión para Ábalos y Koldo pero mantiene las medidas por riesgo de fuga

El Supremo mantiene las medidas cautelares para Ábalos y Koldo por el caso de las mascarillas, pero descarta su ingreso en prisión al no ver riesgo de fuga ni destrucción de pruebas.

El exministro de Transportes José Luis Ábalos sale de declarar en el Tribunal Supremo, a 23 de junio de 2025, en Madrid (España).
- Jesús Hellín - Europa Press
El exministro de Transportes José Luis Ábalos sale de declarar en el Tribunal Supremo, a 23 de junio de 2025, en Madrid (España). - Jesús Hellín - Europa Press

El Tribunal Supremo ha rechazado este lunes enviar a prisión provisional al exministro de Transportes José Luis Ábalos y a su exasesor Koldo García en el marco del conocido como caso Koldo. En su lugar, el magistrado instructor Leopoldo Puente ha decidido mantener las medidas cautelares ya vigentes para ambos, consistentes en la prohibición de salir del país, la retirada del pasaporte y la obligación de comparecencias periódicas en sede judicial.

La decisión, adoptada tras una vistilla celebrada este mismo lunes, sigue la línea defendida por la Fiscalía Anticorrupción, cuyo máximo responsable, Alejandro Luzón, no solicitó el ingreso en prisión. Por el contrario, las acusaciones populares lideradas por el Partido Popular sí reclamaron prisión comunicada y sin fianza, solicitud que el instructor ha rechazado al no apreciar riesgo de fuga ni destrucción de pruebas.

INDICIOS DE DELITOS GRAVES Y VÍNCULOS ECONÓMICOS

Pese a descartar la prisión, el magistrado reconoce en dos autos distintos que los indicios contra ambos investigados se han consolidado tras el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil. Según el juez, existen evidencias "muy consistentes" de que tanto Ábalos como Koldo pudieron obtener beneficios económicos ilícitos por adjudicaciones irregulares durante la etapa del primero como ministro.

El informe, acompañado de grabaciones aparentemente realizadas por el propio Koldo, sugiere que ambos participaron en actividades propias de una organización criminal, incluyendo presuntos delitos de cohecho y tráfico de influencias.

Además, el juez señala que Ábalos habría podido disfrutar directamente de los beneficios económicos derivados de dichas prácticas. En particular, se alude al alquiler y opción a compra de varios inmuebles, entre ellos una vivienda en Cádiz, un piso en el Paseo de la Castellana (Madrid) y una casa de veraneo en Marbella, vinculados todos ellos a pagos presuntamente realizados por Víctor de Aldama, considerado el principal conseguidor de la trama.

LOS ACUSADOS, EN DIFERENTES POSICIONES ANTE EL JUEZ

Durante su declaración ante el Supremo, Ábalos negó cualquier implicación, asegurando que no se reconoce en las grabaciones aportadas y que incluso podrían haber sido manipuladas. También negó haber intervenido en adjudicaciones irregulares o haber recibido contraprestaciones económicas.

Koldo García, en cambio, se acogió a su derecho a no declarar, aludiendo al reciente cambio de abogado y la necesidad de que su nueva defensa estudie el sumario. Con esta decisión, el Supremo mantiene vivas las sospechas penales sobre ambos investigados, pero opta por medidas menos gravosas que la prisión provisional. Mientras tanto, la investigación sigue su curso y se espera que en los próximos meses se delimiten con mayor claridad las responsabilidades individuales dentro de la trama.

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