Ejea recuerda la obligatoriedad de llevar casco si se circula en patinete
El Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros recuerda a los ciudadanos la obligatoriedad del uso del casco si se va en patinete, entre otras cuestiones de la Ordenanza General de Tráfico y Movilidad relacionadas como los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). El consistorio modificó en 2023 dicho documento para adaptarlo a la nueva realidad del tráfico rodado en la localidad, tanto por la proliferación de este tipo de vehículos como por su convivencia con el tránsito personal.
Además de para cumplir con los objetivos de fluidez y movilidad sostenible, la ordenanza está pensada para reducir la siniestralidad en el ámbito urbano. Por todos estos motivos, el Ayuntamiento recuerda a la ciudadanía las normas y condiciones de circulación de los VMP. Junto con el ya citado uso del casco, se establece que el tránsito de estos vehículos debe ser por la calzada y que los conductores deben ser mayores de 16 años.
En todo caso, podrán circular sin límite de edad por los espacios señalados para uso exclusivo de bicicletas, tales como carriles bici, ciclo vías y otros; y el vehículo personal deberá llevar señales acústicas. En este sentido, los conductores de VMP y las bicicletas o los ciclistas deberán ser visibles en todo momento y estarán dotados de elementos reflectantes homologados.
Desde el Ayuntamiento también recuerdan que queda prohibida la circulación de más de una persona en los VMP y que las infracciones en este ámbito serán consideradas como graves.
CONDUCCIÓN NOCTURNA
Si se circula por la noche o en condiciones de baja visibilidad deberán disponer de luces o reflectantes que las hagan suficientemente visibles para todos los usuarios de la vía pública. Por otro lado, cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, los conductores de VMP llevarán, además, colocada alguna prenda reflectante que permita a los conductores y demás usuarios distinguirlos a una distancia de 150 metros, si circulan por vía interurbana.
Desde el consistorio ejeano aprovechan también para subrayar que, según la ordenanza, queda prohibida la circulación por vías de uso compartido bicicleta peatón, parques y zonas verdes. Además, la circulación de los vehículos de movilidad personal será obligatoria por los espacios específicamente destinados a bicicletas de forma exclusiva, cuando existan en la misma calle, quedando limitada su velocidad máxima de circulación para todos ellos a 20 kilómetros/hora.