Si cobras el IMV tienes derecho a matrícula universitaria gratis: el BOE lo confirma y pocos lo saben

La Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital incluye la exención del pago de matrícula en universidades públicas para estudios oficiales, un beneficio que muchos perceptores desconocen.
Un estudiante universitario en una foto de archivo / HOY ARAGÓN

El Ingreso Mínimo Vital llega cada mes a casi 800.000 hogares en España donde viven más de 2,4 millones de personas.

La mayoría lo conoce como una prestación económica mensual —con una cuantía media de 483 euros al mes por hogar— pero la Ley 19/2021 que lo regula incluye un beneficio adicional que muy pocos perceptores conocen: la exención total del pago de matrícula universitaria en universidades públicas para estudios oficiales.

No hace falta solicitar ninguna beca adicional ni cumplir requisitos de edad específicos. El derecho deriva directamente del reconocimiento del IMV.

Qué cubre exactamente la exención

La exención afecta al precio público de los servicios académicos universitarios y se aplica bajo condiciones concretas que conviene conocer bien para no llevarse sorpresas.

Solo aplica en universidades públicas, no en centros privados. Cubre únicamente titulaciones oficiales —grados y másteres—, quedando fuera los títulos propios que cada universidad diseña por su cuenta.

La cuantía exenta corresponde al precio de cada crédito ECTS según el número de matrícula.

Lo que esto significa en la práctica es claro: si tienes reconocido el IMV y te matriculas en un grado o máster oficial en una universidad pública española, la matrícula puede salirte a coste cero en la parte que corresponde a los precios públicos.

DNI gratis para los menores del hogar

El IMV incluye además otra ventaja administrativa menos conocida: la exención del pago de tasas para expedir o renovar el DNI, pero solo para los menores de 14 años que formen parte de una unidad de convivencia que perciba la prestación.

Esta bonificación no alcanza a todos los miembros de la familia, solo a los menores de esa edad. Para conseguirla basta con acreditar la condición de beneficiario en la oficina de expedición del DNI mediante la resolución o el certificado correspondiente del IMV.

Quién puede pedir el IMV y cuánto se cobra

Con carácter general pueden solicitarlo personas de entre 23 y 65 años, aunque existen excepciones.

Entre los requisitos principales: acreditar residencia legal y efectiva en España durante el año anterior, que la unidad de convivencia esté constituida con al menos seis meses de antelación y estar en situación de vulnerabilidad económica valorando ingresos, rentas y patrimonio neto, sin contar la vivienda habitual.

La cuantía del IMV varía según el tipo de unidad de convivencia. Algunos ejemplos orientativos para 2026: un adulto solo tiene garantizado un mínimo de 733,91 euros mensuales con un límite de ingresos anuales de 20.353 euros; un adulto con dos menores llega a 1.174,27 euros con un límite de 36.636 euros; y dos adultos con dos menores tienen garantizados 1.394,45 euros con un límite de 44.777 euros.

Atención: la subida del 11,4% está suspendida

El Gobierno había aprobado una revalorización del 11,4% para el IMV en 2026 pero esta medida ha quedado suspendida tras la derogación del decreto ómnibus en el Congreso.

Se han restablecido las rentas mínimas garantizadas de 2025, por lo que las cuantías actuales son las del año anterior hasta que se apruebe una nueva actualización.

Cómo solicitarlo

La solicitud del IMV se tramita a través de la Seguridad Social, por sede electrónica o de forma presencial.

Una vez reconocida la prestación, el derecho a la exención de matrícula universitaria es automático: no requiere solicitar ninguna beca adicional al Ministerio de Educación.

Basta con acreditar la condición de beneficiario ante la universidad en el momento de formalizar la matrícula.

Si cobras el IMV y estás pensando en estudiar o en retomar unos estudios abandonados, la matrícula en la universidad pública no debería ser el freno económico. La ley ya lo ha resuelto por ti.

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