Vueling, condenado en Huesca: debe devolver el dinero a 6 pasajeros que pagaron por su maleta
Un nuevo fallo judicial pone en el punto de mira a las aerolíneas de bajo coste por las prácticas relacionadas con el cobro del equipaje de mano. En esta ocasión, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca ha condenado a Vueling a reembolsar 315,36 euros a seis pasajeros pertenecientes a una misma familia, además de los intereses legales correspondientes, por haberles obligado a pagar un suplemento para llevar sus maletas de mano en cabina.
Esta resolución se produce en un contexto de creciente presión legal y social contra las aerolíneas que aplican cargos adicionales por servicios que, según la legislación vigente, deberían estar incluidos en el precio del billete. FACUA-Consumidores en Acción, organización a la que pertenecen los afectados, ha sido una de las entidades más activas en la defensa de los derechos de los pasajeros en este ámbito.
El caso juzgado en Huesca hace referencia a un viaje realizado por una familia compuesta por tres adultos y tres menores, que volaron desde Barcelona a Florencia con Vueling para disfrutar de unas vacaciones en Italia. A pesar de que sus maletas cumplían con los requisitos de tamaño para ser consideradas equipaje de mano, la aerolínea les impuso el pago de un suplemento al seleccionar la tarifa "Fly", que permite acceder a la cabina con el equipaje.
Ante esta situación, los afectados decidieron presentar una reclamación con el respaldo de FACUA. El argumento central de su demanda se basa en lo establecido por la Ley de Navegación Aérea, que señala que el precio del billete debe incluir el transporte del equipaje de mano dentro de ciertos límites de peso y volumen, independientemente del número de bultos.
El juez encargado del caso, Jorge Zapatero Soria, dio la razón a los demandantes al considerar que las maletas estaban dentro de los límites habituales de una cabina de avión. En su sentencia, ordenó a la aerolínea el reembolso completo de los 315,36 euros cobrados de forma indebida, junto con los intereses legales y las costas del proceso judicial.
Este no es un hecho aislado. En los últimos meses, FACUA ha logrado varias sentencias favorables en casos similares. Por ejemplo, en diciembre de 2024, un juzgado de Cádiz condenó a Ryanair por una práctica idéntica. Ya en febrero de 2025, otro fallo en San Sebastián volvió a sentenciar a Vueling, y en abril del mismo año, un tribunal de Valladolid obligó a la compañía a devolver el dinero del equipaje a una pareja socia de la organización.
Estos fallos judiciales refuerzan las denuncias que FACUA ha venido realizando durante años, y que derivaron también en una sanción millonaria de 179 millones de euros impuesta por la Secretaría General de Consumo y Juego a cinco aerolíneas por cobrar por el equipaje de mano.
Una de las claves del éxito de estas reclamaciones radica en que los procedimientos judiciales no requieren la intervención de abogado ni procurador, lo que facilita que los usuarios puedan defender sus derechos sin incurrir en gastos adicionales. Además, en este tipo de casos, las resoluciones judiciales suelen ser firmes, sin posibilidad de recurso por parte de las aerolíneas.


