Hacienda da una alegría inesperada a miles de aragoneses: hasta 1.356 euros menos en el IRPF

El cambio llega de la mano del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), órgano dependiente del Ministerio de Hacienda: ¿en qué queda este giro y cómo se puede conseguir?

Cuando parecía que ya no quedaban grandes sorpresas en la declaración de la Renta, Hacienda ha vuelto a colocarse en el centro de la conversación fiscal. Miles de contribuyentes españoles podrán beneficiarse en la campaña de la Renta 2026 de una deducción máxima de 1.356 euros en el IRPF, una cifra nada menor en un contexto de inflación y subida generalizada de precios.

La clave está en una deducción que muchos daban por perdida: la deducción por compra de vivienda habitual. Aunque fue suprimida con carácter general, sigue viva para un grupo concreto de contribuyentes gracias a un régimen transitorio que acaba de reforzarse con un nuevo criterio administrativo.

El giro que lo cambia todo

El cambio llega de la mano del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), órgano dependiente del Ministerio de Hacienda, que ha aclarado cómo debe aplicarse esta deducción en un supuesto muy habitual: la cancelación de la hipoteca tras la venta de la vivienda.

Hasta ahora, la Agencia Tributaria solo permitía deducir las cuotas hipotecarias pagadas mientras el contribuyente vivía en la casa. Es decir, si la vivienda se vendía a mitad de año, solo se admitían las cuotas abonadas hasta ese momento, dejando fuera el dinero destinado a cancelar el préstamo con el importe de la venta.

Con el nuevo criterio, esta interpretación se amplía: también se podrá aplicar la deducción al importe destinado a cancelar la hipoteca, siempre que se cumplan los requisitos legales. Una decisión que abre la puerta a una deducción mayor y, en muchos casos, a una devolución inesperada.

¿Quién puede beneficiarse realmente?

No todos los contribuyentes podrán aplicar esta ventaja fiscal. Hacienda es clara en este punto y establece tres condiciones clave:

  • La vivienda debe haberse adquirido antes del 1 de enero de 2023.

  • El contribuyente debe haber aplicado esta deducción en ejercicios anteriores.

  • La deducción solo se mantiene dentro del régimen transitorio, ya que está suprimida para compras posteriores a esa fecha.

Quienes compraron vivienda después de ese límite temporal quedan automáticamente excluidos, por muy reciente que sea su hipoteca.

Por qué el máximo es de 1.356 euros

La deducción por vivienda habitual permite desgravar el 15 % de las cantidades pagadas por la hipoteca, incluyendo tanto el capital como los intereses. Sin embargo, existe una base máxima anual de 9.040 euros por contribuyente.

Ese límite explica la cifra final: 9.040 euros × 15 % = 1.356 euros.

Este es el máximo que se puede restar de la cuota del IRPF, una cantidad que puede marcar la diferencia entre pagar más o recibir una devolución considerable.

Qué entiende Hacienda por vivienda habitual

No basta con haber comprado una casa. A efectos fiscales, Hacienda considera vivienda habitual aquella que cumpla ciertos requisitos:

  • Debe haber sido la residencia del contribuyente durante al menos tres años continuados.

  • Existen excepciones si no se cumple ese plazo, como fallecimiento, matrimonio, separación, traslado laboral u otras circunstancias justificadas.

  • Además, la vivienda debe habitarse de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de 12 meses desde su adquisición o desde la finalización de las obras.

Cumplir estas condiciones es imprescindible para no perder el derecho a la deducción.

Una oportunidad que conviene revisar

Este nuevo criterio del TEAC supone un alivio fiscal para miles de personas que vendieron su vivienda y cancelaron la hipoteca pensando que ya no podían deducirse ese pago. Ahora, revisar la declaración —o incluso solicitar una rectificación si procede— puede traducirse en hasta 1.356 euros menos de impuestos.

En un escenario en el que cada euro cuenta, estar al día de los cambios fiscales puede convertirse en la mejor estrategia para pagar menos a Hacienda, siempre dentro de la ley.

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