Voto por correo en Aragón: el plazo ya está abierto (fechas y cómo pedirlo ya)
Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas a las Cortes de Aragón, convocadas para el domingo 8 de febrero de 2026, según recoge la convocatoria publicada en el Boletín Oficial de Aragón. El trámite ya está operativo desde este 17 de diciembre de 2025 y permite a los electores que lo deseen votar sin acudir presencialmente a su colegio electoral.
La primera clave es el calendario: la solicitud del voto por correo puede realizarse hasta el 29 de enero de 2026 (inclusive). Para hacerlo, el elector debe pedir el certificado de inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón, un documento imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.
Dos vías para solicitarlo: online o en oficina
Los ciudadanos pueden solicitar el voto por correo por dos canales.
1) Solicitud telemática (sin ir a Correos)
Puede tramitarse a través de la web de Correos (www.correos.es). Este modelo evita desplazamientos, pero exige acreditar la identidad mediante autenticación y firma electrónica. Correos indica que se aceptan como sistemas válidos el DNI electrónico (DNI-e) y los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio competente en materia de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza.
2) Solicitud presencial (en oficinas)
El trámite también puede hacerse en cualquier oficina de Correos de España. La petición debe realizarla personalmente cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad que impida la formulación personal de la solicitud y que esté acreditada mediante certificación médica oficial. En ese supuesto, podrá presentarla otra persona en nombre del elector, siempre que esté autorizada notarial o consularmente.
En la oficina, el solicitante deberá identificarse con DNI, pasaporte o carné de conducir originales.
Cita previa para agilizar el trámite
Para evitar esperas, Correos ofrece la posibilidad de pedir cita previa para realizar la solicitud en oficinas. Puede gestionarse a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual, seleccionando la oficina con disponibilidad y eligiendo día y hora.
Envío de la documentación y dirección de entrega
Una vez tramitada la solicitud, Correos trasladará las peticiones a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Aragón. A partir del 19 de enero de 2026, estos organismos enviarán a los solicitantes la documentación necesaria para ejercer el voto por correo.
Correos recuerda además un punto relevante: la documentación se remitirá a la dirección indicada por el elector en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual.
Hasta cuándo se puede depositar el voto
El proceso tiene otra fecha límite marcada: el depósito del voto por correo podrá realizarse hasta el 4 de febrero de 2026, según el calendario facilitado.
Con estos plazos, los electores aragoneses que prevean no poder acudir a las urnas el 8 de febrero disponen de un margen de varias semanas para iniciar el trámite, escoger canal (telemático o presencial) y completar el envío de la documentación para votar por correspondencia.

