La Audiencia de Badajoz procesa al hermano de Pedro Sánchez y lo envía a juicio por tres delitos

La Audiencia precisa que la causa pasa a enjuiciamiento por los presuntos delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias.

La Audiencia Provincial de Badajoz ha acordado la apertura de juicio oral contra David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno, y contra el secretario general del PSOE de Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, al desestimar los recursos que ambos habían interpuesto. En dos autos dictados este martes, el tribunal concluye que los hechos investigados deben ser objeto de debate en juicio, descartando por ahora el sobreseimiento solicitado por las defensas.

La Audiencia precisa que la causa pasa a enjuiciamiento por los presuntos delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias, en relación con supuestas irregularidades en la contratación de David Sánchez por la Diputación de Badajoz en 2017. El tribunal subraya que, a la vista de la instrucción ya completada, “existen indicios suficientes” sobre el carácter delictivo de las conductas descritas y que, por tanto, procede proseguir el procedimiento hasta el juicio oral. Al mismo tiempo, recuerda que no es el momento de realizar una valoración probatoria de fondo, reservada a la vista.

La decisión se adopta pese a la oposición de la Fiscalía, que interesó el archivo al considerar que el procedimiento se sustentaba “únicamente en conjeturas”. Para la Audiencia, sin embargo, no se justifica el cierre anticipado en el juzgado de instrucción “por la existencia de una duda razonable”, duda que —admite— podría desembocar en una absolución si así lo determina la prueba practicada en sala, pero que no impide abrir juicio.

En el procedimiento ejercen acción popular varias entidades. Las acusaciones populares —lideradas por el seudosindicato Manos Limpias y entre las que también figuran PP, Vox y organizaciones del ámbito ultra— presentaron en mayo su escrito de acusación, en el que solicitan tres años de prisión para David Sánchez y Miguel Ángel Gallardo por los referidos delitos. Las defensas, por su parte, reiteran la presunción de inocencia y sostienen que no existen elementos probatorios sólidos que sustenten la imputación penal.

Con esta resolución, la causa abandona la fase instructora y queda a expensas de los trámites previos al señalamiento del juicio: escritos de acusación y defensa, proposición de prueba y, en su caso, cuestiones previas. La apertura de juicio oral no implica un pronunciamiento sobre el fondo del asunto, y el resultado final dependerá de la prueba que se practique en el acto del juicio. A última hora de la tarde no constaban reacciones oficiales de las partes afectadas.

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