Giro en la ley de los pisos turísticos con las comunidades de vecinos como clave para frenarlos
El acceso a la vivienda se ha convertido en uno de los principales problemas sociales y económicos en España, especialmente entre jóvenes y familias con rentas medias y bajas.
El aumento del precio de compra y del alquiler en muchas ciudades, unido a la escasez de oferta y al encarecimiento de las hipotecas, ha dificultado cada vez más la posibilidad de acceder a una vivienda en condiciones asequibles.
Esta situación ha provocado que muchas personas tengan que destinar una gran parte de sus ingresos al pago del hogar o retrasar proyectos personales como independizarse o formar una familia.
A estos problemas se suman también los pisos turísticos, viviendas que se alquilan de forma temporal a viajeros o turistas a cambio de dinero, normalmente por días o semanas. Funcionan como una alternativa a los hoteles y suelen anunciarse en plataformas de alquiler vacacional.
Sin embargo, el Gobierno aprobó el 3 de abril de 2025 una normativa para que el alquiler vacacional tenga sus restricciones. Dicha norma ha entrado ya en vigor, por lo que a partir de ahora los propietarios tendrán que cumplir una serie de condiciones y limitaciones.
Los propietarios deben pedir permiso a la comunidad de vecinos
La modificación de la Ley de Propiedad Horizontal introduce un nuevo requisito para quienes quieran destinar una vivienda al alquiler turístico dentro de un edificio comunitario. A partir de ahora, será obligatorio contar con la autorización previa de la comunidad de propietarios antes de iniciar esta actividad.
De esta manera, las comunidades ganan capacidad para decidir si permiten o no la apertura de nuevos pisos turísticos en el inmueble. Además, la normativa establece unas condiciones reforzadas para aprobarlo, ya que no bastará con una mayoría simple.
Las cuotas pueden aumentar hasta un 20%
Ahora será imprescindible el respaldo favorable de las tres quintas partes de los propietarios y, al mismo tiempo, de las cuotas de participación del edificio. También deben obtener el número de registro correspondiente para anunciarse en las plataformas.
Además, los vecinos pueden poner cuotas específicas aumentando el precio hasta el 20%. No obstante, la normativa indica que quienes ya tenían pisos turísticos legales, pueden seguir realizando esta actividad en las condiciones y plazos previstos.

