Tienes un piso en Salou, Sitges o Calafell: el decreto de Illa te obligaría a dar tus datos aunque vivas en Aragón
Miles de aragoneses tienen una segunda residencia en la costa catalana. Salou, Sitges, Comarruga, Calafell, Cambrils: destinos de veraneo con arraigo histórico entre las familias de Aragón, donde muchos compraron apartamento hace décadas y donde siguen pasando las vacaciones o que tienen arrendados como complemento a sus ingresos.
Pues bien, un decreto que prepara el Gobierno de la Generalitat de Cataluña podría obligar a algunos de esos propietarios —aunque vivan en Zaragoza, Huesca o Teruel y no tengan ninguna relación con Cataluña más allá de ese inmueble— a inscribirse en un nuevo registro público de grandes tenedores de vivienda y a facilitar datos sobre todos sus inmuebles, incluidos los que tienen fuera de Cataluña.
La medida, impulsada por el presidente de la Generalitat Salvador Illa en el marco de un acuerdo con los Comunes, ha generado una oleada de críticas jurídicas y empresariales desde su presentación. El debate no es solo político: tiene consecuencias prácticas concretas para cualquier propietario que tenga bienes inmuebles a ambos lados del Ebro.
Quién queda afectado y por qué
El decreto en preparación establece dos umbrales distintos para determinar quién debe inscribirse en el registro de grandes tenedores. El primero afecta a quienes tengan más de cinco viviendas en zonas tensionadas de Cataluña. El segundo, y aquí está el punto más controvertido, incluye a quienes posean más de diez viviendas en toda España, siempre que al menos una de ellas esté ubicada en territorio catalán.
Eso significa que un propietario aragonés con, por ejemplo, ocho pisos en Zaragoza y un apartamento en Salou estaría en principio fuera del umbral —no llega a diez en total—. Pero quien tenga diez o más inmuebles repartidos entre Aragón y Cataluña, aunque la mayoría estén en territorio aragonés, quedaría obligado a registrarse y a facilitar información sobre todos sus propiedades, incluyendo las que no tienen nada que ver con Cataluña.
Además, el registro exigiría datos como la ubicación, la referencia catastral y la superficie útil de los inmuebles. El Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña (CTESC) ya ha advertido en un dictamen que algunos de esos datos «pueden ser desproporcionados y generar una carga administrativa innecesaria», y ha pedido a la Generalitat que justifique de forma exhaustiva por qué son estrictamente necesarios.
Los juristas lo ven recurrible
La crítica más contundente viene del terreno jurídico. "Se están extralimitando en sus competencias", afirman fuentes del sector.
Consideran que la ley es recurrible por varios motivos. En primer lugar, porque la Generalitat no tiene competencia para regular obligaciones sobre ciudadanos de otras comunidades con el único requisito de tener un inmueble en Cataluña, y en segundo lugar, el tratamiento de datos personales de propietarios no catalanes plantea serios problemas de protección de datos.
La patronal catalana Foment del Treball ya ha anunciado que recurrirá el decreto ante el Tribunal Constitucional en cuanto sea aprobado, en la misma línea que el recurso que el PP tiene previsto presentar contra otra medida paralela del Govern: la prohibición de la compra especulativa a grandes tenedores.
Qué hacer si tienes propiedades en Aragón y en la costa catalana
De momento, el decreto no está aprobado y su redacción definitiva puede variar. Pero si eres propietario con inmuebles en ambas comunidades, conviene estar al tanto de su evolución por varios motivos.
Primero, porque si superas el umbral de diez viviendas en total con al menos una en Cataluña, podrías quedar obligado a registrarte y a aportar documentación sobre todos tus inmuebles. Segundo, porque el incumplimiento podría llevar aparejadas sanciones, aunque la aplicación extraterritorial de esas sanciones es precisamente uno de los puntos más discutidos jurídicamente.

