El trabajador despedido por poner el 'Cara al sol' en un Burger King será indemnizado por un tribunal

El Tribunal Superior de Justicia confirma que el despido fue improcedente por un fallo de procedimiento de la empresa.

Un trabajador de Burger King despedido por poner el himno de la Falange en los altavoces del restaurante donde trabajaba recibirá una indemnización de 1.435 euros. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado que el despido fue improcedente, no porque la conducta fuera aceptable, sino porque la empresa no siguió correctamente el procedimiento antes de ejecutarlo. Una sentencia que se ha convertido en noticia nacional y que tiene su origen en un vídeo viral de TikTok.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 16 de enero de 2025 en el Burger King de la calle Alejandro Casona de Oviedo. El empleado, contratado desde febrero de 2024 con contrato indefinido y un salario mensual de 1.323 euros, trabajaba como empleado experto en el turno de noche. En un momento de su turno, hizo sonar el 'Cara al sol' —el himno de la Falange— a través de los altavoces del local mientras había clientes en la sala.

El episodio no habría trascendido más allá de esa noche de no ser porque un cliente lo grabó con el teléfono y lo subió a TikTok, donde el vídeo se viralizó. La empresa tuvo conocimiento de lo ocurrido cuatro días después, el 20 de enero, precisamente a través de esa difusión en redes sociales.

El despido y los argumentos de la empresa

Burger King decidió aplicar la sanción máxima: el despido disciplinario con efectos del 24 de enero de 2025. En la carta de despido, la compañía argumentó que la conducta suponía "una clara transgresión de la buena fe que ha de regir nuestra relación laboral" y que podía resultar ofensiva para clientes o compañeros. Añadió que el comportamiento "lesiona la imagen de esta empresa, pues transmite que esta empresa es partícipe de sus mofas, generando así un daño irreparable".

La empresa reconoció en la carta que el vídeo fue grabado "por uno de nuestros clientes, quien pese al tono jocoso con el que se tomó su actuación decidió hacer uso de su teléfono para grabar la sala del restaurante". Un detalle que no pasó desapercibido en el procedimiento judicial posterior.

Por qué el tribunal dio la razón al trabajador

El trabajador demandó a la empresa. En junio de 2025, el Juzgado de lo Social número 3 de Oviedo declaró el despido improcedente. Burger King recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que acaba de confirmar íntegramente esa resolución.

La clave del fallo no está en si la conducta era o no sancionable —tanto el juzgado como el TSJA dan por probado que fue el trabajador quien puso el himno— sino en cómo actuó la empresa antes de despedirle. Antes de formalizar el despido, Burger King concedió al empleado un plazo de 24 horas para presentar alegaciones y defender su versión. Para los jueces, ese margen fue claramente insuficiente. Un error de procedimiento que convierte un despido disciplinario en improcedente, con la correspondiente obligación de indemnizar o readmitir.

La indemnización fijada es de 1.435,36 euros, a los que se sumarían los salarios de tramitación en caso de que la empresa optara por la readmisión en lugar del pago.

Qué dice la sentencia sobre los límites del despido disciplinario

El caso pone de relieve algo que los tribunales laborales recuerdan con frecuencia: que en el despido disciplinario no basta con que exista causa justificada. El procedimiento también importa, y un error formal puede invalidar una sanción que, en el fondo, podría haber sido legítima. Las empresas tienen la obligación de garantizar al trabajador un plazo razonable para defenderse antes de ejecutar el despido, y 24 horas no cumple ese estándar según la jurisprudencia.

El empleado del Burger King de Oviedo seguirá siendo recordado, sobre todo, por el vídeo de TikTok. Pero la sentencia le ha dado algo más concreto: la razón, al menos en lo que al procedimiento se refiere.

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