El Gobierno lo aclara: cuándo puedes faltar al trabajo por el apagón sin perder sueldo

El Ministerio de Trabajo aclara los casos excepcionales en los que faltar al trabajo no implica perder salario
Aquellas situaciones en las que no se perderá el salario por el apagón

El histórico apagón sufrido en España el lunes 28 de abril, ha obligado al Gobierno a pronunciarse con claridad. El Ministerio de Trabajo ha emitido una circular en la que se detallan los supuestos en los que un trabajador puede no acudir a su puesto sin ver reducido su salario, debido a las consecuencias directas del apagón. El documento busca disipar dudas tanto entre los empleados como en las empresas, ante una situación inédita en el país.

La normativa hace referencia a los permisos retribuidos por causas de fuerza mayor, contemplados en el artículo 37.3.g del Estatuto de los Trabajadores. El objetivo es proteger a los empleados que, por razones ajenas a su voluntad, no pueden desempeñar su labor con normalidad. La comunicación del Ministerio recoge tres grandes situaciones que permiten faltar al trabajo sin penalización económica.

QUIENES NO PUEDEN LLEGAR AL TRABAJO POR PROBLEMAS DE MOVILIDAD

Uno de los efectos más visibles del colapso eléctrico fue el caos en el transporte. Durante la tarde del lunes, el tráfico se volvió intransitable en muchas ciudades, el metro quedó paralizado, y los trenes de cercanías, media y larga distancia suspendieron sus servicios. Esta circunstancia afectó a miles de trabajadores que no pudieron desplazarse a sus centros de trabajo.

En estos casos, el permiso retribuido se aplica de forma automática: si un trabajador no puede acudir porque no tiene cómo hacerlo debido al apagón, no se le puede descontar el día. Aunque este martes la situación ha mejorado, con el metro funcionando al 80% y el tráfico recuperando la normalidad, aún hay líneas de cercanías con dificultades. El Ministerio insiste en que la imposibilidad de desplazamiento es motivo suficiente para no acudir sin perder salario.

CUANDO EL PROBLEMA ESTÁ EN LA OFICINA O LA CONECTIVIDAD

No solo quienes no pueden llegar al trabajo están protegidos. El Ministerio también señala que aquellos que no pueden acceder físicamente a sus oficinas por culpa del apagón (por ejemplo, si el edificio permanece cerrado o sin suministro eléctrico) también tienen derecho a quedarse en casa y seguir percibiendo su sueldo con normalidad.

Además, en un contexto donde el teletrabajo es habitual en muchas empresas, los problemas de conectividad también se contemplan. La caída del sistema dejó sin cobertura móvil ni acceso a internet a amplias zonas del país durante más de 12 horas. Según Trabajo, si un empleado no puede desempeñar sus tareas debido a falta de conexión o problemas derivados del apagón, se considera igualmente justificada su ausencia o inactividad. En ningún caso debería verse penalizado económicamente.

Por eso, numerosos ministerios y grandes empresas han recomendado a su personal continuar trabajando desde casa en la medida de lo posible, aunque siempre respetando las condiciones de cada empleado. El criterio del Ministerio es claro: el trabajador no puede ser el perjudicado por un fallo que está completamente fuera de su control.

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