Cómo reclamar daños por el apagón eléctrico: esto puedes hacer

Las organizaciones de defensa del consumidor muestran ciertas reservas a la hora de afirmar que se puedan exigir responsabilidades

El apagón eléctrico que afectó a buena parte del territorio español ha causado importantes consecuencias. La interrupción del suministro dejó a su paso cancelaciones de vuelos y trenes, interrupciones en servicios básicos, pérdidas económicas por alimentos estropeados en frigoríficos y congeladores, así como averías en electrodomésticos al restablecerse la corriente. 

Las organizaciones de defensa del consumidor muestran ciertas reservas a la hora de afirmar que se puedan exigir responsabilidades. Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), su portavoz, Enrique García, indica que, hasta el momento, no se han esclarecido las causas del apagón, por lo que no se puede determinar con precisión quién debería asumir la responsabilidad. García apunta que todo parece indicar que se trata de un caso de fuerza mayor, es decir, un evento extraordinario e imprevisible, que implicaría que las compañías no tendrían que responder por la interrupción del servicio.

En este contexto, según la OCU, los consumidores no tendrían derecho a reclamar indemnizaciones directas, aunque tampoco tendrían la obligación de pagar por un servicio que no se les ha proporcionado. En el caso de los servicios de transporte, como trenes o aviones, afectados por la falta de suministro eléctrico, la normativa europea señala que no procede exigir compensaciones económicas cuando las cancelaciones se deben a circunstancias excepcionales. Aun así, las personas afectadas sí tienen derecho al reembolso del billete o a ser reubicadas en otro transporte en condiciones similares y lo antes posible

En relación con los servicios financieros o compras electrónicas que se hayan visto interrumpidos, la OCU también advierte que, debido al carácter extraordinario del suceso, tampoco cabe esperar compensaciones. No obstante, los consumidores podrían recibir una pequeña devolución por la interrupción del suministro eléctrico. Esta compensación, según explica García, está sujeta a un sistema automático regulado que determina una mínima retribución en función del número de horas sin luz.

Pese a tratarse de un incidente posiblemente imprevisible, desde la OCU se aconseja a los afectados que documenten los daños sufridos. También es importante revisar las condiciones del seguro del hogar. Algunas pólizas incluyen coberturas frente a daños eléctricos o por fallos en el suministro. 

Respecto al procedimiento para reclamar, si se considera que se puede exigir algún tipo de compensación, lo primero es dirigir una reclamación formal al servicio de atención al cliente de la empresa distribuidora de electricidad (no confundir con la comercializadora que emite la factura). El nombre de la distribuidora suele aparecer en los recibos. Es importante adjuntar al escrito toda la documentación que respalde la reclamación, como tickets, fotos o presupuestos de reparación.

Si la respuesta de la distribuidora no es satisfactoria o no se recibe contestación, el siguiente paso será acudir al organismo de Consumo competente de la comunidad autónoma correspondiente. Allí se podrá continuar el proceso de reclamación por la vía administrativa.

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