¿Tienes una placa de alarma en casa y no tienes el servicio? Puede tener sanción
Colocar una placa de alarma sin tener el servicio contratado puede salir caro: la ley prohíbe usar logotipos de empresas de seguridad y prevé multas de hasta 600 euros por cada día de infracción.
En España, es habitual ver viviendas que exhiben carteles o placas de alarma como medida disuasoria frente a robos. Sin embargo, utilizar logotipos o nombres de empresas de seguridad sin tener contratado el servicio es una infracción legal que puede acarrear multas importantes.
Una práctica más común de lo que parece
Muchos propietarios optan por colocar una placa de alarma para dar sensación de seguridad, incluso sin disponer de ningún sistema instalado. Pero esta práctica, aunque parezca inocente, no es legal si el cartel incluye el nombre o logotipo de una empresa real del sector.
La Ley 5/2014 de Seguridad Privada es clara: el uso de distintivos o marcas de empresas de seguridad está prohibido sin autorización expresa o sin mantener un contrato vigente. Según el artículo 10, tampoco se pueden publicitar servicios de seguridad privada sin la correspondiente licencia o declaración responsable.
Multas de hasta 600 euros al día
La infracción no solo se considera leve. La ley prevé sanciones económicas de hasta 600 euros por cada día que se mantenga la placa o cartel de forma indebida. Además, en casos más graves, si se determina que existe una vulneración de los derechos de propiedad intelectual o industrial de la empresa afectada, las sanciones pueden incluir multas de entre 12 y 24 meses e incluso penas de prisión de hasta tres años.
Riesgo de inducir a error
El uso fraudulento de estos carteles puede generar consecuencias legales adicionales. Si un tercero interpreta que la vivienda cuenta con un sistema de seguridad activo y se produce un robo o incidente, el propietario podría enfrentarse a reclamaciones civiles por inducir a error.
Este tipo de situaciones refuerzan la importancia de actuar con transparencia y no aparentar una seguridad inexistente.
Alternativas legales y seguras
Quienes deseen reforzar la seguridad de su hogar pueden hacerlo sin infringir la ley. Existen carteles genéricos que advierten de una “zona videovigilada” o de “sistemas de seguridad activos”, siempre que no hagan referencia a una empresa concreta.
También pueden instalarse cámaras visibles o sistemas de alarma domésticos certificados, que ofrecen una protección real y cumplen con la normativa vigente. Colocar una placa sin tener el servicio puede parecer una solución sencilla, pero las consecuencias pueden ser muy costosas. Las autoridades recomiendan apostar por la seguridad real y legal, combinando medidas disuasorias con sistemas de vigilancia verificados y transparentes.
En definitiva, cumplir la ley y proteger el hogar no son objetivos incompatibles: con información y precaución, es posible mantener la tranquilidad sin poner en riesgo el bolsillo.

