Le acusan de no cuidar de su marido enfermo: esta es la pena de prisión
Según el ministerio fiscal, la acusada habría llegado a sacar un total de 17.000 euros de la cuenta de su marido mientras estaba ingresado
El año 2010 ya sufrió una enfermedad que le incapacitó parcialmente y por la que percibía una pensión de 600 euros. Pero fue en 2017, tras un ictus, cuando Cecilio tuvo que ser ingresado en el hospital y posteriormente en una residencia de Zaragoza donde le mantienen atendido ya que tiene una incapacidad del 83%.
Según ha podido saber HOY ARAGÓN, la tutela de este enfermo dependiente pasó a manos del Instituto Aragonés de Servicios Sociales del Gobierno de Aragón, quien acordó designar un Defensor Judicial. Todo comenzó cuando desde el hospital advirtieron que los familiares más cercanos a Cecilio apenas le prestaban atención ni iban a visitarle.
Cuando trasladaron a Cecilio a la residencia San Juan de Dios de Zaragoza para continuar con su rehabilitación se acordaron unas medidas cautelares para proteger a este hombre enfermo al considerarlo vulnerable.
Al ver que su mujer no pagaba los recibos de dicha residencia y descubriendo que ésta sacaba el dinero de la cuenta de su marido, que en ese momento y dado el aumento de su minusvalía, percibía algo más de 1.200 euros, decidieron desde la DGA tomar cartas en el asunto designando un Defensor Judicial.
La deuda generada por este hombre en la residencia en la que cuidaban de él ascendió a 7.000 euros, cantidad que fue pagada por la administración al hacerse cargo de él para evitar que acabase en la calle. Mientras, el dinero que su mujer había sacado de la cuenta corriente que él tenía alcanzó los 17.000 euros.
Hasta aquí la situación que describe la representante legal del gobierno aragonés avalada por el Ministerio Fiscal. Por un lado, acusada de estafa por llevarse el dinero de una persona con engaño e intencionadamente. Por otro, abandono del hogar, un delito tipificado en el Código Penal y por el que piden hasta pena de prisión.
La mujer de la supuesta víctima, según la acusación pública, "se ha desentendido por completo de él, no prestándole atención ninguna y visitándole de forma muy ocasional, sin atender las solicitudes que le indicaban tanto médicos como trabajadores sociales".
No cuidar de tu hijo o pareja legal se paga con cárcel
La defensa de la acusada, que llevan los letrados Carmen Sánchez y Luis Ángel Marcen, aseguran que la mujer lo único que hizo fue sacar adelante a la hija menor de ambos, en aquel momento de diez años de edad. Que está en situación vulnerable y no tiene ningún tipo de ingresos y que decidió proteger a la menor con el único dinero que tenía que era el de la pensión de su marido.
Pero si, por otro lado, el juez considera que hay abandono familiar de ella hacía su pareja legal, sea casada o vinculada de manera judicial, podrían entrar en juego los artículos 226 y 229 del Código Penal.
El primero castiga el incumplimiento de los deberes de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar, y el incumplimiento de los deberes de asistencia de los familiares necesitados con pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses.
El segundo habla de la violencia intrafamiliar y dice que el que maltrate física o psicológicamente a cualquier miembro de su núcleo familiar incurrirá, siempre que la conducta no constituya delito penas de cuatro a ocho años.
Una situación a la que se enfrenta la acusada a la que piden devolver todo el dinero que ha sacado de la cuenta de su marido y atender a las deudas pendientes por su ingreso y cuidados. Será el juez quien determine si existe abandono o era mera supervivencia pensado también en su hija menor de edad.

