Golpe judicial a una cooperativa de las Cinco Villas: fraude de ley por contratar a 675 falsos autónomos
El Tribunal Supremo declara fraude de ley en la contratación de 675 falsos autónomos en una cooperativa de las Cinco Villas, en un fallo con impacto laboral y económico.
El Tribunal Supremo ha asestado un duro revés judicial a una cooperativa vinculada al sector cárnico en Zaragoza al declarar que la contratación de 675 trabajadores como falsos autónomos se realizó en fraude de ley. La sentencia afecta a la actividad desarrollada en el matadero de Ejea de los Caballeros, en la comarca de las Cinco Villas, y supone un punto de inflexión en un caso que se arrastraba desde hace años.
El Supremo desmonta el modelo de la cooperativa
El fallo del alto tribunal concluye que la cooperativa Copergo actuaba en la práctica como una simple suministradora de mano de obra para la empresa Cárnicas Cinco Villas, perteneciente al grupo Vall Companys.
Según la resolución, la cooperativa carecía de estructura real y su única función era facilitar trabajadores para tareas de despiece y producción, lo que encaja con una relación laboral ordinaria y no con trabajo autónomo.
De este modo, el Supremo considera que se utilizó la fórmula cooperativa como “arquitectura fraudulenta” para evitar la contratación directa y el pago de cotizaciones sociales durante años.
Cinco años de irregularidades laborales
La sentencia pone el foco en el periodo comprendido entre 2014 y 2019, durante el cual los trabajadores prestaron servicio en condiciones propias de empleados por cuenta ajena, pero sin los derechos asociados a este régimen.
Los afectados percibían salarios por horas —entre 9 y 14,5 euros—, pero sin derecho a vacaciones retribuidas ni pagas extra, una situación que ahora ha sido considerada irregular por la Justicia.
Una factura millonaria
El impacto económico del fallo será significativo. La empresa deberá afrontar el pago de millones de euros en cotizaciones atrasadas, con estimaciones que sitúan la cifra en torno a los 11 millones de euros.
Además, la sentencia abre la puerta a posibles reclamaciones individuales por parte de los trabajadores afectados, lo que podría aumentar el coste final.
Cambio de criterio judicial
El caso ha tenido un recorrido judicial complejo. En instancias anteriores, los tribunales habían avalado el modelo de la cooperativa, considerando que existía una subcontratación válida.
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha modificado ese criterio al concluir que, en la práctica, la cooperativa actuaba como una intermediaria sin actividad real, lo que constituye una cesión ilegal de trabajadores.
Un problema estructural en el sector
El fallo no solo afecta a esta cooperativa concreta, sino que vuelve a poner el foco en un modelo ampliamente cuestionado en la industria cárnica: el uso de cooperativas para externalizar mano de obra y reducir costes laborales.
Durante años, sindicatos e inspecciones han denunciado este tipo de prácticas, señalando la precariedad y la falta de derechos laborales de los trabajadores bajo este sistema.
Situación actual regularizada
Desde la empresa afectada sostienen que la situación ya fue corregida en 2019, cuando los trabajadores pasaron a integrarse en el Régimen General de la Seguridad Social tras un acuerdo con los sindicatos.
No obstante, el fallo del Supremo obliga ahora a revisar el pasado y asumir las consecuencias económicas de las irregularidades detectadas.
Un precedente con impacto
La sentencia del Tribunal Supremo marca un precedente relevante en la lucha contra los falsos autónomos y refuerza la línea judicial que exige mayor control sobre las subcontrataciones.
En el caso de las Cinco Villas, el golpe es doble: judicial y reputacional. Y deja un mensaje claro para el sector: la utilización de fórmulas cooperativas no puede servir para esquivar derechos laborales.

