Multas de 200 euros en Zaragoza si no llevas un utensilio en el maletero

Además, deben cumplir con las especificaciones establecidas en el anexo XI del reglamento

Con la llegada de la Semana Santa, son muchos los ciudadanos que se preparan para hacer viajes por carretera con motivo del inicio de las vacaciones. Durante estos días, especialmente a partir del miércoles 16 y jueves 17 de abril, fechas señaladas en el calendario laboral en muchas comunidades autónomas, se prevé un incremento significativo del tráfico en todo el país. Por ello, las autoridades intensifican los controles para garantizar la seguridad vial, especialmente en las salidas y retornos masivos de vehículos.

Tanto la Dirección General de Tráfico (DGT) como la Guardia Civil recuerdan la importancia de revisar el estado del vehículo antes de iniciar un desplazamiento largo, así como de cumplir con todas las normativas relativas a equipamiento obligatorio. No llevar ciertos elementos en el maletero puede derivar en sanciones económicas, incluso si no se ha producido una avería o accidente. En concreto, en ciudades como Zaragoza se han comenzado a aplicar multas de hasta 200 euros por no portar algunos utensilios que, según la legislación vigente, deben estar siempre disponibles en el vehículo.

El Reglamento General de Vehículos, a través de su anexo XII, establece de forma clara qué accesorios, repuestos y herramientas son obligatorios en cualquier vehículo de motor que circule por vías públicas. Entre ellos, se incluye un juego de lámparas de repuesto para todas aquellas luces cuya sustitución sea exigida por la normativa. Aunque existe una excepción para los vehículos que emplean sistemas de iluminación que aseguran el encendido continuo de la luz de cruce, como las lámparas de descarga, en la mayoría de los casos sigue siendo necesario contar con recambios adecuados y las herramientas básicas para su sustitución.

Además de este requisito, los turismos deben llevar dos dispositivos portátiles de preseñalización de peligro. Estos triángulos deben cumplir con las especificaciones establecidas en el anexo XI del citado reglamento y son fundamentales para advertir al resto de conductores en caso de avería o accidente. Su ausencia puede suponer un riesgo tanto para los ocupantes del vehículo como para el resto de usuarios de la vía.

También es imprescindible contar con una rueda de repuesto completa o una de uso temporal, junto con las herramientas necesarias para su sustitución. Como alternativa, puede llevarse un sistema que permita continuar la marcha en caso de pinchazo, siempre que ofrezca garantías suficientes de movilidad. Es importante tener en cuenta que, al usar una de estas soluciones alternativas, se deben respetar las limitaciones específicas de velocidad o distancia indicadas por el fabricante.

La sanción económica por no llevar alguno de estos elementos puede alcanzar los 200 euros, aunque no conlleva pérdida de puntos del carnet de conducir. Sin embargo, la multa no es lo único en juego: en caso de que se produzca un incidente en carretera y el conductor no disponga de los medios necesarios para señalizar o reparar una avería menor, se expone a situaciones de mayor peligro tanto para sí mismo como para los demás.

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