Continúa la alerta roja por peligro de incendios forestales en la mayoría de Aragón

Para las jornadas del lunes y el martes, la previsión es que se mantenga el nivel rojo
Un incendio en un encinar entre Bierge y Abiego
Un incendio en un encinar entre Bierge y Abiego

La Dirección General de Gestión Forestal del Gobierno de Aragón establece para este domingo, 10 de agosto, el nivel de alerta rojo por peligro de incendios forestales en 19 zonas de meteoalerta, que abarcan la práctica totalidad de la comunidad autónoma, con la única excepción de las zonas más altas del Pirineo, las comarcas turolenses de Sierra de Albarracín y Gúdar-Javalambre y parte de la del Maestrazgo, que están en nivel naranja.

En concreto, las 19 zonas de meteoalerta en alerta roja son Puertos de Beceite, Bajo Ebro Forestal, Valle del Ebro Agrícola, Turia, Somontano Sur, Sierras Ibéricas Centrales, Jiloca-Gallocanta, Depresión del Jalón, Muelas del Ebro (Alcubierre, Valmadrid y Zuera), Maestrazgo, Pirineo Oriental, Prepirineo Central, Prepirineo Occidental, Prepirineo Oriental, Somontano Occidental, Somontano Oriental, Moncayo y Aranda.

Se pueden esperar incendios de superficie de intensidad media-alta y, en la mayor parte de la Comunidad, el principal factor de propagación sería el viento y la topografía.

Para las jornadas del lunes y el martes, la previsión es que se mantenga el nivel rojo de alerta generalizado en la gran mayoría del territorio aragonés.

El nivel de alerta rojo se establecen siguientes prohibiciones, entre ellas, encender fuego en espacios abiertos y se suspende temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos; encender fuego en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada (incluidas las zonas habilitadas para ello), así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales. También, arrojar o abandonar objetos en combustión.

Asimismo, se suspenden las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.

En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de estos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas, con excepción, exclusivamente en este nivel de alerta, de los siguientes casos: el uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12.00 y las 18.00 horas; las labores de cosecha y empacado de cereal.

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