'Mercado negro' en la prisión de Zuera: un funcionario y un interno, a juicio por cobrar 700 euros por 'encargos'

El documento judicial detalla que el funcionario presuntamente metía en el centro “ropa, comida o dispositivos telefónicos” en función de las demandas que otros internos hacían llegar a F. G. L

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha fijado para los días 15, 16, 17, 18 y 22 de diciembre de 2025 el juicio con jurado contra un funcionario de prisiones y un interno del centro penitenciario de Zuera, acusados de mantener durante años un supuesto negocio ilegal de entrada de objetos en la cárcel a cambio de dinero. Así se recoge en el auto de hechos justiciables dictado por la Sección Primera, al que ha tenido acceso este medio.

La magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado, María Soledad Alejandre Doménech, será quien dirija el juicio, en el que se sentarán en el banquillo D. A. S., funcionario del Centro Penitenciario de Zuera, y F. G. L., interno en el mismo establecimiento en las fechas investigadas. Ambos se enfrentan a un delito de cohecho, en distinta modalidad, según el Código Penal.

Un “acuerdo” para entrar objetos en prisión

Según el relato provisional que recoge el auto, entre 2019 y principios de 2022, el funcionario D.A.S. estaba destinado en el centro penitenciario de Zuera, donde F. G. L. cumplía condena. Aprovechando su condición de empleado público y el acceso sin controles de seguridad tan exhaustivos como los de los visitantes, el funcionario habría alcanzado un acuerdo con el interno para introducir distintos objetos en la cárcel.

El documento judicial detalla que el funcionario presuntamente metía en el centro “ropa, comida o dispositivos telefónicos” en función de las demandas que otros internos hacían llegar a F. G. L.. Una vez dentro, el interno era –siempre según el auto– el encargado de distribuir los productos entre el resto de presos y de recoger el dinero que estos pagaban por ellos.

A cambio de estas operaciones, ambos investigados habrían recibido una contraprestación económica que, de acuerdo con la resolución, podría oscilar entre los 50 y los 700 euros por pedido, en función de lo solicitado y entregado.

Dos delitos de cohecho y un jurado popular

La Audiencia considera que estos hechos, a falta del juicio oral, “pueden ser constitutivos” de un delito de cohecho del artículo 419 del Código Penal respecto de D. A. S. (funcionario) y un delito de cohecho del artículo 424.1 del Código Penal respecto de F. G. L. (particular que interviene en el soborno).

El auto deja claro que se trata de una calificación provisional, basada en la acusación del Ministerio Fiscal, y que no se aprecia por ahora ninguna circunstancia atenuante ni agravante de la responsabilidad penal.

Al tratarse de un delito atribuido a un funcionario público y encajar en el catálogo de delitos que la ley reserva a este formato, el procedimiento se tramita ante un Tribunal del Jurado, que será el encargado de declarar probados o no los hechos en las sesiones señaladas para diciembre.

Todas las pruebas admitidas y jurado en marcha

La resolución admite todas las pruebas propuestas tanto por la Fiscalía como por las defensas de los dos acusados. Entre la documentación requerida, el auto ordena recabar cierta información original a través del Juzgado de Instrucción nº 12 de Zaragoza y, en su caso, a la empresa de mensajería SEUR.

Además, la Audiencia Provincial ordena fijar fecha para el sorteo de candidatos a jurado, que se realizará en audiencia pública por el Letrado de la Administración de Justicia, con citación del Ministerio Fiscal y de las partes, aunque sin que su ausencia pueda paralizar el trámite.

El auto recalca que contra esta resolución no cabe recurso, si bien las partes podrán dejar constancia de su oposición a la denegación de alguna prueba, en caso de producirse, a efectos de un eventual recurso posterior.

En diciembre, será ya el jurado popular quien tenga la última palabra sobre si existió o no ese presunto negocio ilegal de entrada de móviles, ropa y comida en la prisión de Zuera a cambio de dinero. Hasta entonces, tanto el funcionario como el interno mantienen íntegro su derecho a la presunción de inocencia.

Comentarios