Confirmado por la Seguridad Social: las 11 enfermedades que permiten jubilarse a los 56 años sin perder pensión
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha ampliado el listado de patologías que permiten adelantar la edad de jubilación por discapacidad. Once nuevas enfermedades se incorporan al anexo legal que regula esta modalidad de retiro anticipado, una medida que beneficiará a aproximadamente 50.000 personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45% y que podrán jubilarse a partir de los 56 años sin que ello suponga una merma en la cuantía de su pensión.
La ministra Elma Saiz anunció la medida coincidiendo con el Día Mundial de las Enfermedades Raras, tras reunirse con el presidente del CERMI, Luis Cayo, y otros representantes de la organización. "Es una medida de justicia con miles de personas que padecen enfermedades de gravedad que les condicionan enormemente su día a día", explicó la ministra.
La actualización normativa se llevará a cabo mediante la modificación del Anexo del Real Decreto 1851/2009, que desarrolla el artículo 161 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha culminado, tras meses de trabajo técnico, el procedimiento para incluir estas nuevas patologías, cuya gravedad justifica la anticipación del retiro laboral.
Las 11 enfermedades que dan acceso a la jubilación anticipada a los 56 años
Las patologías incorporadas al nuevo listado son las siguientes: espina bífida, amiloidosis por transtiretina variante, párkinson, distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), enfermedad de Huntington, enfermedad renal crónica estadio 5, esclerosis sistémica, lesión medular, degeneración corticobasal, atrofia multisistémica y parálisis supranuclear progresiva.
Todas comparten un denominador común: son patologías graves, en muchos casos progresivas, que condicionan de forma significativa la capacidad laboral de quienes las padecen. La inclusión de estas enfermedades en el listado responde a una demanda histórica del colectivo de personas con discapacidad, con la que el Gobierno se había comprometido formalmente.
Qué requisitos hay que cumplir para acogerse a esta jubilación anticipada
El acceso a esta modalidad de jubilación anticipada no es automático: exige cumplir una serie de condiciones establecidas en la normativa. En primer lugar, el trabajador debe encontrarse en situación de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social en la fecha del hecho causante.
Además, es necesario acreditar un mínimo de 15 años de cotización a lo largo de la vida laboral. De esos 15 años, al menos 5 deben haberse completado mientras el trabajador estaba afectado por alguna de las patologías reconocidas en el listado, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%. Esta condición garantiza que la jubilación anticipada se concede a quienes realmente han visto condicionada su trayectoria profesional por la enfermedad, y no simplemente a quienes tienen reconocida una discapacidad de forma genérica.
La clave: jubilarse antes no significa cobrar menos
Uno de los aspectos más relevantes de esta medida es su diseño en el cálculo de la pensión. El período en que se reduce la edad de jubilación —es decir, los años que el trabajador se retira antes de la edad ordinaria— se computará como cotizado a efectos del cálculo de la prestación. En la práctica, esto significa que jubilarse a los 56 años no implica recibir una pensión inferior a la que correspondería por los años efectivamente trabajados.
Es una diferencia crucial respecto a otras modalidades de jubilación anticipada, en las que el adelanto del retiro sí penaliza la cuantía final. En este caso, la Seguridad Social reconoce el mayor desgaste que estas patologías provocan en la vida laboral y lo compensa garantizando la integridad de la pensión.
Una demanda histórica del colectivo de personas con discapacidad
La ampliación del listado no ha llegado de forma espontánea. Detrás hay años de reivindicación por parte de organizaciones del colectivo de personas con discapacidad, que llevaban tiempo señalando que determinadas enfermedades graves quedaban fuera de un sistema que no reconocía suficientemente las limitaciones reales que imponen en el ámbito laboral.
El CERMI —el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad— ha sido uno de los principales impulsores de esta ampliación, y su presidente, Luis Cayo, estuvo presente en el anuncio de la ministra Saiz. La medida ha sido recibida en el sector como "justicia para miles de personas", en palabras del propio colectivo, que valora especialmente que el adelanto de la jubilación no venga acompañado de una penalización económica.
Para las personas afectadas por alguna de las 11 patologías incluidas en el nuevo listado, el paso siguiente es verificar con la Seguridad Social si cumplen los requisitos específicos de cotización y discapacidad antes de iniciar el trámite de solicitud.