El juez Peinado abre la vía para juzgar a Begoña Gómez por malversación ante jurado popular
El titular del Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, ha dado por concluida la investigación contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y ha activado el procedimiento para remitirla a juicio por un presunto delito de malversación ante un jurado popular, según un auto al que ha tenido acceso La Vanguardia.
La decisión alcanza también a Cristina Álvarez, asesora supuestamente contratada por Presidencia del Gobierno para funciones que, a juicio del instructor, no se corresponderían con las propias del cargo.
El juez ha citado a ambas para el 27 de septiembre, a las 18.00, con el fin de iniciar los trámites previstos en la Ley del Jurado. En su resolución, Peinado invoca el artículo 25 de dicha norma, que obliga a poner en conocimiento de las imputadas el procedimiento cuando el enjuiciamiento corresponda a este tribunal, concretar la imputación en una comparecencia y dar traslado de la denuncia o querella admitida a trámite.
Indicios "verosímiles" y paso al Jurado
En el auto, el magistrado subraya que ni Gómez ni Álvarez quisieron prestar declaración cuando fueron citadas durante la instrucción, declinando responder a preguntas «en su descargo». Peinado sostiene que, con base en «las leyes de la lógica y de la empírica», se cumple ahora el requisito de verosimilitud de los hechos, apreciando «indicios racionales, fundados y sólidos» de la posible comisión de un delito.
El instructor recuerda que inicialmente rechazó investigar por malversación la contratación de Álvarez —a quien tomó declaración como testigo— al no apreciar indicios en ese momento. Sin embargo, defiende que la delimitación del objeto del proceso es de cristalización progresiva y que ni el atestado, ni la denuncia ni la querella anticipan un resultado cerrado de la fase de investigación. A su juicio, ha sido la evolución del procedimiento la que habría aportado nuevos elementos contra ambas.
Próximos pasos procesales
La comparecencia del 27 de septiembre marca el arranque formal del procedimiento ante jurado, en el que el juez deberá concretar los hechos y las partes podrán formular alegaciones. Tras esa fase, y si se mantienen los indicios, el caso seguiría hacia la apertura de juicio oral ante un Tribunal del Jurado, que es competente para enjuiciar, entre otros, delitos de malversación.
De momento, no constan pronunciamientos públicos de las defensas sobre la decisión. La citación no implica culpabilidad: se trata de un trámite garantista para trasladar la imputación y permitir a las partes articular su estrategia antes de que, en su caso, el asunto pase a juicio.
La causa indaga si se habría producido uso indebido de recursos públicos ligados a la contratación de la asesora en la estructura de Presidencia. La malversación castiga la administración desleal o apropiación de caudales públicos, si bien la tipificación concreta y su encaje —incluido el eventual papel de cada investigada— serán objeto de debate en las siguientes fases.
La decisión de Peinado supone cerrar la instrucción y trasladar el foco a la fase intermedia propia del jurado popular, en la que se fijará el núcleo fáctico que, en su caso, sería sometido a la consideración de nueve ciudadanos. Hasta entonces, el procedimiento permanece bajo secreto parcial de las actuaciones que afecten a la investigación en curso, y se mantiene la presunción de inocencia de las afectadas.


